Resolución N° 975/022 Dirección General (s)

Derecho de abstención

Visto: La solicitud de derecho de abstención formulada por la Fiscal Letrada Departamental de la Fiscalía Departamental de Rosario, Dra. Sandra Fleitas, en las novedades policiales individualizadas con el NUNC: 2021309644, 2022019285, 2022244885, 2022191416 y 2018307759.

Resultando: 1) Que la gestionante solicita el derecho de abstención, fundándose en razones de decoro y delicadeza, conforme con lo establecido en el artículo 58 de la Ley Nº 19.483.

2) Que en los nunc 2021309644, 2022019285, 2022244885 el denunciado es el señor Oscar Sanchez, habiendo radicado la gestionante denuncia contra él por un presunto delito de difamación.

3) Que en el nunc 2022191416, la denunciante es la señora Marcela Bordón, habiendo sido denunciada ante la Institución por la misma. 4) Que en el nunc 2018307759 - caso 3 -, los condenados denunciaron a la gestionante.

Considerando: 1) Que a juicio del suscrito, el motivo aducido para apartarse del conocimiento de dichas investigaciones, estarían contemplado dentro de las causales que la citada norma legal refiere para el ejercicio del derecho de abstención, en cuanto debe preservarse el abordaje objetivo del proceso.

2) Que la Resolución N.º 034/2017 de 1º de febrero de 2017 dispuso el régimen de subrogación de las Fiscalías Departamentales.

3) Que sin perjuicio de lo expresado, conforme lo dispuesto por el ordinal 2º del acto administrativo mencionado ut supra, es Facultad del Jerarca designar subrogante apartándose del régimen referido.

4) Que es facultad del suscrito dictar aquellas medidas que permitan potenciar los recursos disponibles para la mejor concreción de los objetivos sustanciados, como asimismoevitar que el funcionamiento del servicio se vea resentido.

5) Que a efectos de no sobrecargar a la Fiscalía Departamental que debe actuar en las presentes, se estima conveniente apartarse de lo dispuesto en el ordinal 1, literal G.1.b) de la Resolución N.º 034/2017 y designar un Fiscal subrogante de otra sede fiscal, de acuerdo al régimen dispuesto en el ordinal 2) del acto administrativo mencionado.

Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 literal G de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 5, 21 literal C, 23 literal B y 58 de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017, y Resolución N.º 034/2017 de 1º de febrero de 2017;

El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación

Resuelve:

1°) Conceder a la Fiscal Letrada Departamental de la Fiscalía Departamental de Rosario, Dra. Sandra Fleitas las abstenciones solicitadas.

2°) Subrogar a la solicitante en el conocimiento de las investigaciones mencionadas, de acuerdo al siguiente detalle: - en los nunc 2021309644, 2022019285, 2022244885, la titular de la Fiscalía Departamental de Colonia. - en los nunc 2022191416 y 2018307759 - Caso 3 - , la titular de la Fiscalía Departamental de Carmelo.

3°) Notificar a las Fiscales Letradas Departamentales de la Fiscalía Departamental de Rosario, Colonia y Carmelo, Dra. Sandra Fleitas, Dra. Virgina Sigona y Dra. Eugenia Rodriguez, respectivamente.

4°) Comunicar a Sippau, al Departamento Informático, Mesa de Ayuda y al Departamento de Depuración, Priorización, y Asignación.

5º) Pasar a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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