Resolución N° 979/022 Dirección General (s)
Visto: las subrogaciones dispuestas en los cargos de Asesor I Abogacía, escalafón PC, grado V.
Resultando: 1) Que en virtud de la necesidad de la Institución de contar con funcionarios que se desempeñaren en el cargo de Asesor I Abogacía Escalafón PC, Grado V, en aplicación del artículo 62 de la ley 19.668, por Resoluciones Nº 072/2021 de 9 de febrero de 2021, Nº 007/2022 de 4 de enero de 2022, Nº 222/2022 de 18 de marzo de 2022, Nº 241/2022 de 23 de marzo de 2022 y Nº 321/2022 de 25 de abril de 2022, se dispuso la subrogación en dicho cargo de los funcionarios Alexander Argenta, Natalia Suhr, Cintia Campos, María de Lourdes Ribeiro, Valeria Del Castillo y Cintya Maitinez.
2) Que en el caso de la subrogación dispuesta por Resolución Nº 072/2021 de 9 de febrero de 2021, en virtud de que al momento del vencimiento del plazo de la misma se encontraba en trámite el llamado para la provisión de vacantes del citado cargo, por Resolución Nº 671/2022 de 5 de agosto de 2022 se dispuso que el funcionario Sr. Alexander Argenta continúe desempeñando las tareas propias del cargo Asesor I – Abogacía, escalafón PC, grado V, hasta la provisión del mismo por concurso.
3) Que por Resolución N° 505/2022 de 24 de junio de 2022, se autorizó el llamado a concurso de ascenso, de oposición y méritos, para la provisión de diez cargos de Asesor I Abogacía, escalafón PC, grado V, para Montevideo e interior, habiendo finalizado el Tribunal su actuación con fecha 12 de octubre del corriente, encontrándose las actuaciones referentes al mismo en trámite para la realización de la homologación dispuesta en el 34 del Reglamento General de Concursos para los Escalafones PC, TP, EP, AD y OP aprobado por Resolución Nº 566/2018 de 24 de octubre de 2018.
Considerando: 1) Que los artículos 61 y 62 de la Ley N° 19.668 de 12 de octubre de 2018, dispone las subrogaciones de un cargo o función superior, para aquellos casos de ausencia temporaria o acefalía de los mismos.
2) Que el citado artículo 62, establece que ninguna subrogación podrá realizarse por un término superior a los dieciocho meses, dentro del cual deberá proveerse la titularidad de acuerdo a las reglas del ascenso. 3) Que, en virtud de que el concurso de ascenso se encuentra en trámite de homologación y designación, corresponde dejar sin efecto las subrogaciones y compensaciones oportunamente dispuestas.
Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5, literal G) de la ley Nº 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 23 literal B) y 59 de la ley Nº 19.483 de 5 de enero de 2017 y en los artículos 61 y 62 de la Ley Nº 19.668 de 12 de octubre de 2018;
El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación
Resuelve:
1º) Dejar sin efecto a partir del 1° de noviembre del corriente las subrogaciones dispuestas por Resoluciones Nº 007/2022 de 4 de enero de 2022, Nº 222/2022 de 18 de marzo de 2022, Nº 241/2022 de 23 de marzo de 2022 y Nº 321/2022 de 25 de abril de 2022, y la compensación dispuesta por Resolución Nº 671/2022 de 5 de agosto de 2022.
2º) Notificar a los interesados.
3º) Comunicar a las Fiscalías Departamentales de Paysandú, Maldonado, Libertad, y a los Departamentos de Depuración, Priorización y Asignación, Jurídico Notarial, Planificación y Presupuesto, Sistemas de Información y Tecnología y de Gestión Humana -Administración de personal y Liquidación de Haberes-.
4º) Pasar a Gestión Documental a efectos de realizar las notificaciones y comunicaciones dispuestas.
5º) Hecho, archívese.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)