Institucional

Reglamento de percepción y rendición de viáticos dentro del país

Rendición de viáticos

Régimen de viáticos dentro del país para la Fiscalía General de la Nación

Resolución N.º 097/2025

VISTO: la necesidad de reglamentar el régimen de viáticos dentro del país para la Fiscalía General de la Nación.

RESULTANDO: 1) Que desde su creación y en ausencia de una reglamentación propia, el Inciso ha optado por aplicar el Decreto N.º 279/012 del 24 de agosto de 2012, modificativos y concordantes y los respectivos instructivos de la Contaduría General de la Nación para el otorgamiento de viáticos al personal que desempeña funciones en la institución.
2) Que el Departamento Financiero Contable elaboró un nuevo proyecto de reglamento de viáticos generados en el país sobre la base de un proyecto remitido inicialmente al Tribunal de Cuentas, las puntualizaciones realizadas por este órgano, las modificaciones introducidas por el artículo 46 de la Ley N.° 19.924 del 18 de diciembre de 2020, modificativas y concordantes, y el instructivo N.° 9/21 de Contaduría General de la Nación de 15 de noviembre de 2021.
3) Que con fecha 22 de octubre de 2024 por Resolución N.° 938/2024 la Directora General de la Fiscalía General de la Nación creó un grupo de trabajo a efectos de valorar tal documento y realizar las modificaciones que se entendieran oportunas.
4) Que el mencionado equipo de trabajo remitió con fecha 2 de diciembre de 2024 el proyecto final de reglamento y Manual del usuario a consideración de la Dirección General. 
5) Que por Oficio N.º 2059/2024 de 1 de diciembre de 2024 se remitió al Tribunal de Cuentas el Proyecto de Reglamentación de Viáticos a efectos de recabar su opinión técnica.
6) Que el Tribunal de Cuentas se expidió sobre el referido proyecto de reglamento mediante el dictado de la Resolución N.º 283/2025 de fecha 5 de febrero de 2025, sin formular observaciones respecto al mismo.

CONSIDERANDO: 1) Que es pertinente reglamentar el régimen de viáticos dentro del país para la Fiscalía General de la Nación.
2) Que el reglamento proyectado se adecua a la normativa general vigente y ha sido validado por el Tribunal de Cuentas de la República.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2 y 5, literal G) de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 23 literal B), 27 literal F) y 59 de la Ley N.° 19.483 de 05 de enero de 2017, artículo 46 de la Ley N.° 19.924 de 18 de diciembre de 2020 y Decretos N.º 279/012 de 24 de agosto de 2012 y N.º 317/012 de 20 de setiembre de 2012;

LA DIRECTORA GENERAL(S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:

1º) APROBAR el reglamento de percepción y rendición de viáticos en el país para el personal que desempeña funciones en la Fiscalía General de la Nación, el que se anexa y que forma parte de la presente resolución.

2º) ESTABLECER que en todo lo no previsto por la presente reglamentación rigen las disposiciones del Decreto N.° 279/012 de 20 de setiembre de 2012.

3º) APROBAR el Manual de usuario final para solicitudes y rendiciones de viáticos dentro del país.

4º) NOTIFICAR a todos los funcionarios del organismo.

5º) COMUNICAR al Tribunal de Cuentas de la República.

6º) PASAR a Gestión Documental a efectos de realizar las notificaciones y comunicaciones dispuestas.

7º) CUMPLIDO, archívese.

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