Decreto Departamental N° 3.622 de fecha 01/07/2020 .
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE LAVALLEJA, DECRETA:
Artículo 1° - En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 295 de la Constitución la República fíjese el sueldo del Intendente Departamental de Lavalleja en $ 240.000 (pesos uruguayos doscientos cuarenta mil) estando incluido en ese importe los gastos de representación, a partir del día 26 de noviembre de 2020.
Artículo 2° - Las asignaciones serán ajustadas en el mismo porcentaje y momento en que lo sean para el resto de los funcionarios municipales.
Artículo 3° - Le alcanzarán igualmente al Intendente Departamental los beneficios sociales: Hogar Constituido, Asignación Familiar, etc, que correspondan a los funcionarios municipales.
Artículo 4° - Comuníquese.
Sala de Sesiones, a primero de julio del año dos mil veinte.
Oscar Villalba Luzardo - Presidente en ejercicio
Graciela Umpiérrez Bolis - Secretario