Decreto Departamental N° 3.628 de fecha 12/08/2020 .

Fijación del salario del Intendente Departamental

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE LAVALLEJA, DECRETA:

Artículo 1°- Deróguese el Decreto N° 3622 de fecha primero de julio de dos mil veinte.

Artículo 2°- en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 295 de la Constitución de la República fíjese el sueldo del Intendente Departamental de Lavalleja en $ 210.000 (pesos uruguayos doscientos diez mil) a partir del día 26 de noviembre de 2020.
Se establecen los Gastos de Representación del Sr. Intendente en $ 30.000,00 ( pesos uruguayos treinta mil).

Artículo 3°- Las asignaciones serán ajustadas en el mismo porcentaje y momento en lo que sean para el resto de los funcionarios municipales.

Artículo 4°- Le alcanzarán igualmente al Intendente Departamental los beneficios sociales: Hogar Constituido, Asignación Familiar, etc., que correspondan a los funcionarios municipales.

Artículo 5°- Comuníquese.

Sala de Sesiones, a doce de agosto del año dos mil veinte.

 

Oscar Villalba Luzardo Presidente
Gabriela Umpiérrez Bolis Secretario