Decreto Departamental N° 3.628 de fecha 12/08/2020 .
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE LAVALLEJA, DECRETA:
Artículo 1°- Deróguese el Decreto N° 3622 de fecha primero de julio de dos mil veinte.
Artículo 2°- en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 295 de la Constitución de la República fíjese el sueldo del Intendente Departamental de Lavalleja en $ 210.000 (pesos uruguayos doscientos diez mil) a partir del día 26 de noviembre de 2020.
Se establecen los Gastos de Representación del Sr. Intendente en $ 30.000,00 ( pesos uruguayos treinta mil).
Artículo 3°- Las asignaciones serán ajustadas en el mismo porcentaje y momento en lo que sean para el resto de los funcionarios municipales.
Artículo 4°- Le alcanzarán igualmente al Intendente Departamental los beneficios sociales: Hogar Constituido, Asignación Familiar, etc., que correspondan a los funcionarios municipales.
Artículo 5°- Comuníquese.
Sala de Sesiones, a doce de agosto del año dos mil veinte.
Oscar Villalba Luzardo Presidente
Gabriela Umpiérrez Bolis Secretario