Decreto Departamental N° 3.640 de fecha 23/08/2020 .
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE LAVALLEJA, DECRETA :
REGULACION PARA EXPOSICION, VENTA Y USO DE MATERIAL DE PIROTECNIA SONORA EN EL DEPARTAMENTO DE LAVALLEJA.
Articulo 1°- Se prohíbe la exposición y/o venta de material de pirotecnia sonora en todo espacio publico del Departamento de Lavalleja, sea urbano, suburbano o rural.
Articulo 2°- La exposición y/o venta de material de pirotecnia sonora solo se permite en locales comerciales habilitados, los cuales deberán disponer de un espacio exclusivo para el mismo, separado del resto de toda otra mercadería en un radio no menor a dos (2) metros, debiéndose ajustar además a la habilitación de la Intendencia Departamental de Lavalleja y de la Dirección Nacional de Bomberos.
Articulo 3°- Se prohíbe el uso de pirotecnia sonora en los espectáculos públicos en todo el Departamento de Lavalleja.
Articulo 4°- El uso de pirotecnia sonora por parte de instituciones privadas, cuando sea denunciado y comprobado, será causa suficiente para la suspensión de cualquier tipo de beneficio del que gocen por parte del Gobierno Departamental de Lavalleja.
Articulo 5°- El uso de pirotecnia lumínica en espectáculos públicos deberá ser siempre supervisado por la Intendencia Departamental de Lavalleja y la Dirección Nacional de Bomberos.
Articulo 6°- El incumplimiento de esta normativa en locales comerciales, en cualquier aspecto de su alcance, motivara la suspensión de la habilitación que otorga la Intendencia Departamental de Lavalleja para su funcionamiento.
Articulo 7°- En los casos en que se halle exposición y/o venta de material de pirotecnia sonora en algún espacio público, se faculta a la Intendencia Departamental de Lavalleja a proceder a la requisa y posterior destrucción de dicho material,
pudiendo solicitar la asistencia del Ministerio del Interior toda vez que fuera necesario.
Articulo 8° - Comuníquese.
Sala de Sesiones, a veintitrés de setiembre del año dos mil veinte.
Oscar Villalba Luzardo Presidente
Graciela Umpiérrez Bolis Secretario