Decreto Departamental N° 3.642 de fecha 07/10/2020 .

Licencia con goce de sueldo en casos especiales

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE LAVALLEJA, DECRETA :

Articulo 1° - Sustitúyase el Artículo 78 del Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 994 del 3 de agosto de 1982, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Sin perjuicio de las licencias establecidas en los capítulos anteriores del presente título, se podrá conceder al personal de la Intendencia Departamental, licencia con goce de sueldo en casos especiales, debidamente justificados a juicio del Intendente Departamental y que sean de interés para la administración. Otórgase a todas las trabajadoras del Gobierno Departamental de Lavalleja, cualquiera fuera la naturaleza jurídica de su relación funcional, un día de licencia anual especial con goce de sueldo para la realización del examen de Papanicolau y otro día -en las mismas condiciones- para el de radiografía mamaria. A los efectos del goce de tal licencia extraordinaria, la trabajadora deberá dar aviso a su empleador con por lo menos dos días de anticipaci6n y la misma no podrá ser negada por ninguna circunstancia. La trabajadora que hubiere gozado de la licencia extraordinaria a que hace mención la presente normativa, deberá acreditar en forma fehaciente la realización del estudio o análisis en cuestión, en un termino no mayor de tres días hábiles, contados a partir de la fecha de dicha realización".

Articulo 2° - Comuníquese.

Sala de Sesiones, a siete de octubre de dos mil veinte.

 

Oscar Villalba Luzardo Presidente
Graciela Umpiérrez Bolis Secretario