Decreto Departamental N° 3.668 de fecha 09/06/2021 .

Estacionamiento de vehículos por los señores ediles

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE LAVALLEJA, DECRETA:

Artículo 1° - Modifíquese el Artículo 3º del Decreto Departamental N° 3376 de la Junta Departamental de fecha 10 de agosto del año 2016, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 3°- El uso de dicho estacionamiento por parte de los Sres. Ediles estará supeditado a que el respectivo vehículo se encuentre matriculado con chapa que indique tal condición y/o con carné de Edil vigente y/o fotocopia que se exponga a la vista.
Podrán hacer uso también de este estacionamiento aquellos ediles suplentes que acrediten estar desempeñando ese rol y soliciten un distintivo ante Secretaría de la Junta Departamental, el que deberá colocarse del lado interno del parabrisas del vehículo y reintegrarse a Secretaría al momento de retirarse".

Artículo 2° - Comuníquese.

 

Sala de Sesiones, a nueve de junio del año dos mil veintiuno.

Mauro Álvarez Martínez 1er. Vicepresidente
 

Graciela Umpiérrez Bolis

Secretario