Resolución N° 1.097/025 .
Minas, 26 de marzo de 2025
VISTO: la solicitud presentada por el Sr. Gustavo Navarro (Presidente) en representación de Centro de Retirados y Pensionistas Militares del Personal Subalterno de las FF. AA "Alfredo Tabeira", del 18 de febrero de 2025.
RESULTANDO: que se solicita la exoneración de los tributos municipales para el año 2025 correspondientes a los bienes inmuebles empadronados con los N° 2482 y 10999, de la ciudad de Minas.
CONSIDERANDO: I) el informe N° 548/025, de 20 de marzo de 2025, de Dirección General Jurídico Notarial, que comunica que se pretende ser exonerada del Impuesto de Contribución Inmobiliaria, no existiendo norma que ampare tal petición y al entender de este Asesor Letrado la asociación civil, no se encuentra amparada en el Art. 69 de la Constitución de la República.
II) no existiendo norma que ampare la petición; deberá la solicitud del contribuyente, ser aprobada por la Junta Departamental, previa iniciativa favorable de la Intendente, en razón de respetar el principio de legalidad establecido en el Art. 2 del Código Tributario.
ATENTO: a sus facultades legales
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
Con iniciativa favorable, pase a la Junta Departamental de Lavalleja, para la exoneración de la deuda del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana de los padrones N° 2482 y 10999, a nombre de Centro de Retirados y Pensionistas Militares de Lavalleja, por el presente ejercicio 2025, conforme a lo dispuesto por los Artículos 133, inc. 2°; 273, numeral 3° y 275, numeral 4° de la Constitución de la República y Art. 37 del Código Tributario aplicable por Decreto N° 524/1977.
Esc. Herman Vergara
Intendente
Ing. Agr. José Rojas
Secretario General