Resolución N° 1.113/025 .
Minas, 26 de Marzo de 2025.
VISTO: Resolución N° 992/2025, del 8 de marzo de 2025 y 1060/2025, de 24 de marzo de 2025.
CONSIDERANDO: que es necesario dictar resolución fijándose los importes a cobrar en temporada de invierno, de forma cuatrimestral.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Modifíquese el numeral 2 de la Resolución N° 1060/2025, la que quedará redactado de la siguiente manera : 2°.- Establecer que se podrá abonar en forma cuatrimestral, 1° cuota de abril a julio y 2° cuota de agosto a noviembre de 2025.
de 13 a 17 años dos cuotas de $850
de 18 en adelante dos cuotas de $1100
2°.- Prosiga con el trámite de la Resolución N° 1060/2025.
Esc. Herman Vergara
Intendente
Ing. Agr. José Rojas
Secretario General