Resolución N° 1.238/023 .
Minas, 27 de marzo de 2023
VISTO: la resolución N° 826/023, de 27 de febrero de 2023.
RESULTANDO: que se modificó el numeral 4° de la resolución N° 211/023, de 13 de enero de 2023, procediendo al descuento por concepto de leyes sociales por excedente, por importe $ 3.130 (pesos uruguayos tres mil ciento treinta) correspondiente a noviembre 2022, $ 3.916 (pesos uruguayos tres mil novecientos dieciséis) correspondiente a diciembre 2022, $ 2.317 (pesos uruguayos dos mil trescientos diecisiete) correspondiente a enero 2023.
CONSIDERANDO: I) el informe N° 368/023, de 8 de marzo de 2023, de Sección Contaduría, que comunica que padecieron de error en el informe N° 43/023, de 12 de enero de 2023, con respecto a la retención del 10% por concepto de Anticipo Financiero, ya que de acuerdo al informe N° 1397/022, de la Contadora Victoria Rojas, recaído en expediente N° 15271/022, no se debe retener el 10% del anticipo financiero.
II) de acuerdo al informe de la Cdora. Rojas el saldo pendiente de anticipo financiero a descontar es para el básico de $ 13.393 (pesos uruguayos trece mil trescientos noventa y tres) y para el paramétrico de $ 5.264 (pesos uruguayos cinco mil doscientos sesenta y cuatro), el cual deberá descontarse del certificado N° 37.
III) el informe N° 280/023, de 20 de marzo de 2023, de Dirección General de Ordenamiento Urbano y Territorial - Departamento de Arquitectura, comunicando que las Leyes Sociales de Oceanlux SA correspondiente al mes de febrero de 2023 debe de descontarse del avance N° 37.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1º.- Déjese sin efecto la resolución N° 826/023, de 27 de febrero de 2023.
2°.- Liquídese a la firma POSSAMAI CONSTRUCCIONES LTDA. según el siguiente detalle:
- e-factura Serie A Nº 3816 por un importe de $ 560.531,44 (pesos uruguayos quinientos sesenta mil quinientos treinta y uno con 44/100).
- e-factura Serie A Nº 3817 por un importe de $211.680,98 (pesos uruguayos doscientos once mil seiscientos ochenta con 98/100).
3º.- Descontar el saldo pendiente del anticipo financiero para el básico un importe de $ 13.393 (pesos uruguayos trece mil trescientos noventa y tres) y para el paramétrico un importe de $ 5.264 (pesos uruguayos cinco mil doscientos sesenta y cuatro).
4°.- Proceder a retener el 40% del total del IVA del Certificado Básico más el ajuste paramétrico (emitiendo el resguardo correspondiente), debiendo tener en cuenta la cesión de cuenta realizada.
5º.- Deducir por concepto de leyes sociales por excedente, por los siguientes importes:
- $ 3.130 (pesos uruguayos tres mil ciento treinta) correspondiente a noviembre 2022.
- $ 3.916 (pesos uruguayos tres mil novecientos dieciséis) correspondiente a diciembre 2022.
- $ 2.317 (pesos uruguayos dos mil trescientos diecisiete) correspondiente a enero 2023.
- $ 1.505 (pesos uruguayos mil quinientos cinco) correspondiente a febrero 2023.
6º.- Pase a la Dirección General de Hacienda - Sección Contaduría - para su trámite.
7º.- Notifíquese.
8º.- Siga a conocimiento de Dirección General de Ordenamiento Territorial y Urbanismo - Departamento de
Arquitectura, y cumplido, archívese.
Mario García
Intendente
Lidia Araújo
Secretario General