Resolución N° 1.284/020 .

Disposición a comercios en el ramo "Restaurante" en el marco de medidas sanitarias preventivas.

Minas, 16 de Marzo de 2020

VISTO: las medidas preventivas adoptadas por el Gobierno Nacional conjuntamente con el Sistema Nacional de Emergencia, Ministros y Congreso Nacional de Intendentes con motivo del ingreso a nuestro País virus "Coronavirus Covid 19"

RESULTANDO: Que ante tal situación de emergencia es imprescindible y urgente aumentar las medidas ya adoptadas a nivel Departamental dispuestas por Resolución N°1282/2020 de fecha 14/03/2020 con el fin de mitigar al máximo la expansión de dicha enfermedad.

ATENTO: A sus facultades y a las establecidas en art. 275, inc 5° de la Constitución de la República, la Intendente Departamental de Lavalleja, RESUELVE:

1) Dispónese, a partir del día de la fecha, que los comercios que giran en el ramo de "Restaurante" funcionen en su horario habitual, debiendo proceder al cierre de los mismos,  indefectiblemente a las 23.oo hs. de lunes a domingo, en todo el Departamento de Lavalleja, hasta tanto se mantengan las medidas de prevención respectivas.

2) El incumplimiento de la presente disposición, dará lugar a la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder sin perjuicio de la clausura de dicho establecimiento comercial

3) Notifíquese, cométese a Dirección Tránsito en coordinación con Dirección de Higiene el contralor del cumplimiento de lo dispuesto, comuníquese a los Municipios y Juntas Locales procediendo a las notificaciones respectivas de los comercios existentes en cada localidad.

4) Dispónese, que los Cementerios de la ciudad de Minas (Este y Central) funcionarán solamente para llevar a cabo sepulturas, no manteniéndose abiertos al público a otros efectos, cometiéndose a  las Alcaldías y Juntas Locales proceder de acuerdo a lo dispuesto.

5) Dispónese, que las casas velatorias funcionen a puerta cerrada, concurriendo el menor número de personas en su carácter de familiares directos y/o cercanos de la persona fallecida.

6) Asimismo, se prohibe la realización de eventos de carácter social en Salones de Fiestas y/o lugares similares habilitados a tales efectos, bajo apercibimiento de la aplicación de sanciones en caso de no acatamiento de las medidas preventivas adoptadas.

6) Cumplido, pase a conocimiento de Dirección Tránsito y Dirección de Higiene, Municipios y Juntas Locales.

7)  Hecho, siga a Sección Prensa para su máxima u urgente difusión en todo el Departamento de Lavalleja y medios de comunicación respectivos

 

Dra. Adriana Peña

Intendente

Dra. Violeta Juárez

Secretaria General