Resolución N° 1.295/024 .
Minas, 29 de Abril de 2024.
VISTO: lo dispuesto en el artículo 9° del Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 2.327/003, de 18 de setiembre de 2003.
CONSIDERANDO: I) que el citado artículo dispone que “todos los beneficios enunciados, que supongan el pago de una mensualidad, se ajustarán en los mismos porcentajes y oportunidades que los salarios de los funcionarios en actividad y se harán efectivos en la oportunidad de abonar los haberes a los funcionarios municipales”.
II) que el Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 3.842/023, de 23 de setiembre de 2023 dispuso el otorgamiento de un incremento adicional de uno por ciento (1%) semestral en concepto de recuperación salarial a todos los funcionarios de la Intendencia Departamental de Lavalleja.
III) que en armónica aplicación de ambas disposiciones normativas corresponde en consecuencia, abonar a los jubilados municipales el porcentaje dispuesto en el Considerando anterior.
ATENTO: a lo expuesto y a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja
RESUELVE:
1°.- Páguese a los jubilados municipales comprendidos en el ámbito de aplicación del Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 2.327/003, de 18 de setiembre de 2003, un incremento adicional en sus remuneraciones del 1% semestral a partir del mes de julio de 2023 hasta la finalización del presente período de gobierno.
2°.- Pase a la Dirección General de Hacienda para su trámite.
3°.- Cumplido, archívese.
Dr. Mario García
Intendente
Lidia Araújo
Secretaria General