Resolución N° 1.336/026 .

Se exonera al Sr. Wilmar Cabana del pago del impuesto municipal por concepto de espectáculo público.

Minas, 25 de marzo de 2026 

VISTO: La petición administrativa presentada por el Sr. Wilmar Cabana, de 14 de agosto de 2025. 

RESULTANDO: Que solicita la exoneración del pago del 7% correspondiente a la liquidación de lo recaudado por el impuesto de espectáculo público del evento realizado en el Teatro Lavalleja, el 10 de agosto de 2025. 

CONSIDERANDO: I) El Decreto de la Junta de Vecinos N° 644/78, de 20 de noviembre de 1978, donde se regula el impuesto a los espectáculos públicos, que determina que la tasa de dicho impuesto es el 7% del valor de las entradas. 

II) el artículo 194 del Texto Ordenado "Estarán también exoneradas de este Impuesto, las reuniones y espectáculos bailables, o de otra índole organizados por Institutos dependientes de Enseñanza Primaria, Secundaria, de la Universidad del Trabajo, Formación Docente y Consejo del Niño, y las que crea comprendidas el Señor Intendente de acuerdo a este decreto. 

III) el informe N° 2.301/025, de la Dirección General Jurídico Notarial, de 1de setiembre de 2025. 

ATENTO: a sus facultades legales. 

El Intendente Departamental de Lavalleja, 

                                                                RESUELVE: 

1°.- Exonérese al Sr. Wilmar Cabana del pago del impuesto municipal por concepto de espectáculos públicos, realizado el 10 de agosto de 2025. 

2°.- Pase a la Sección Reguladora de Trámites a sus efectos. Notifíquese. 

3°.- Siga a conocimiento de la Dirección General de Hacienda. 

4°.- Cumplido, archívese.

 

Dra. Arianna Bentos

Intendente Interina

Director Dr. Ismael Castro