Resolución N° 1.373/019 .

Exoneración.

Minas, 11 de Marzo de 2019

VISTO: la solicitud de exoneración de contribución inmobiliaria rural de los padrones relacionados a fojas 2 de obrados.

ATENTO: a sus facultades legales

La Intendente Departamental de Lavalleja RESUELVE:

1) Exonérese a la Administración de Obras Sanitarias del Estado al amparo de lo establecido por el artículo 33 de la Ley N° 11.907 del pago del Impuesto de Contribución Inmobiliaria rural respecto a los padrones Nos. 13992, 519, 13684, 13991, 16444, 16445, 15777, 16552, 17578,16229, 17591, 17874, 17873, 17878, 17890, 18355, 18622, 18616 y 18725, relacionados a fojas 2 y siguientes de obrados.

2) Pase a Dirección de Hacienda para su trámite.

3) Notifíquese a los gestionantes.

4) Cumplido archívese.

 

Dra. Adriana Peña

Intendente