Resolución N° 1.426/026 .

Colaboración con merendero Capilla San José.

Minas, 7 de abril de 2026 

VISTO: el Oficio N° 125/026, de la Dirección General de Servicios Sociales, del 13 de marzo de 2026. 

RESULTANDO: que eleva nota de la Capilla San José, que solicita colaboración para complementar el servicio alimentario que se brinda en merenderos que funcionan en el Barrio Estación, dando una merienda nutritiva a niños y mayores. 

CONSIDERANDO: I) es política del Ejecutivo Departamental brindar apoyo a las Instituciones del Departamento que fomentan el desarrollo social y cultural de la población. 

II) conforme el Art. 274 de la Constitución de la República Oriental de Uruguay que dispone que al Intendente Departamental le corresponden las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Departamental, se entiende pertinente acceder a lo solicitado. 

ATENTO: a sus facultades legales 

El Intendente Departamental de Lavalleja; 

                                                                            RESUELVE: 

1°- Colabórase con el merendero de la Capilla San José en forma mensual, con 4 kg azúcar, 2 kg cocoa, 10 kg leche en polvo, 4 kg harina, 2 kg dulce de leche, a partir del presente mes y hasta el mes de diciembre de 2026, a efectos de poder elaborar la merienda de dicho centro. 

2°- Pase a Dirección General de Servicios Sociales para su implementación y notificación. 

3°- Tome nota la Dirección General de Hacienda, y al la Dependencia de Auditoría Permanente y luego archívese.

 

Dr. Daniel Ximénez

Intendente

Dra. Arianna Bentos

Secretaria General