Resolución N° 1.438/021 .

Pago de subsidio por única vez a feriantes que venden productos no alimenticios

Minas, 9 de Abril de 2021.

VISTO: La situación de emergencia sanitaria que atraviesa  el país.  

CONSIDERANDO: I) Que por Resolución N° 1.353/021, de 24 de marzo de 2021, se dispuso en relación con las ferias que funcionan en la vía pública, la prohibición de venta de productos no alimenticios solamente autorizándose la venta de aquelIos productos alimenticios de primera necesidad.

II) Que se entiende necesario tomar medidas que colaboren con la difícil situación de quienes se han visto afectados por   lo dispuesto en el artículo 15 de la citada Resolución.

ATENTO: a sus facultades legales.

El Intendente Departamental de Lavalleja,

RESUELVE:

1°.- Dispónese el pago de un subsidio por única vez a los feriantes que venden productos no alimenticios en la feria     dominicana que funciona en la vía pública. 

2°.- El subsidio establecido en el artículo anterior será de:
a) $ 12.000 para quienes acrediten que el ingreso de su actividad en la feria es el único que percibe el núcleo familiar.

b) $ 6000 para quienes tienen un ingreso en el núcleo familiar de hasta un salario mínimo nacional.

3°.- A efectos de acceder al subsidio establecido en el artículo 1°, las personas deberán acreditar su identidad, estar al día con el pago del correspondiente precio de "feriantes", constancia de actividad o negativo de actividad y haberes expedida por el Banco de Previsión Social, presentar recibo de pago del mes anterior de tarifas de energía eléctrica, agua o teléfonos, así como llenar declaración jurada indicativa de los extremos establecidos en el artículo 2°.

4°.- Quienes cumplan con las condiciones establecidas en el artículo anterior, deberán presentar la documentación correspondiente a través del correo electrónico dhigienelavalleja@gmail.com hasta el día 30 de abrí inclusive. 

5°.- Pase a Dirección de Higiene para la gestión correspondiente. 

6°.- Siga a Dirección de Hacienda a sus efectos. 

7°.- Publíquese y oportunamente archívese.

 

Mario García

Intendente

Alejandro Giorello

Secretario General