Resolución N° 1.473/019 .

Adjudicación.

Minas, 14 de Marzo de 2019

VISTO: lo dispuesto por Resolución N° 1925/2018 de fecha 30 de abril/2018 por el cual se aprueba el Pliego de Condiciones Específicas para proceder al llamado a interesados en contratar con la Administración para la adquisición de hasta 8.500 luminarias LED, por medio del procedimiento de compra directa.

RESULTANDO I: que por Resolución N° 6/2017 de fecha 02 de enero/2017 se dispone la contratación de una Empresa de Servicios Energéticos - EMPRESA SEG INGENIERIA S.A.- registrados en el Ministerio de Energía y Minería para brindar servicios de inversión - para el estudio inicial de, posible impacto económico de la MEDIDA DE EFICIENCIA ENERGETICA y Asesoramiento de las ofertas técnicas.

RESULTANDO II: que se han cumplido las etapas del procedimiento de contratación, teniendo en cuenta las condiciones de los pliegos mencionados, presentándose las Empresas CABLEX, ENCENGEN S.A., FORMAS, NORDICA, ELECTROLUZ y DIKREM S.A., confeccionándose la respectiva acta de apertura con fecha 04 de julio/2018.

RESULTANDO III: Según las condiciones del llamado, la calidad de los productos será evaluada por la empresa SEG Ingeniería, con sus técnicos, y de acuerdo a su exclusivo criterio. El primer informe realizó observaciones técnicas a todos los oferentes, disponiéndose por Resolución N° 6343/2018 dar vista del informe a efectos de que puedan realizar sus descargos y aclaraciones. RESULTANDO IV: Evacuado los descargos, se produjeron los informes técnicos finales de las ofertas presentadas, refiriéndose a las condiciones técnicas y certificados exigidos en el llamado. CONSIDERANDO I: que la suscrita en su carácter de ordenador de gastos primario, al amparo de lo establecido en el Artículo 33 Literal C numeral 26 del TOCAF y conforme a las condiciones del pliego, la Administración selecciona a “la o las” ofertas más convenientes a los fines propuestos por la Administración.

CONSIDERANDO II: que los requisitos sustanciales del llamado referían a seleccionar Empresas registradas en el MIEM y que se desarrollaren bajo el esquema de contratos remunerados por desempeño, ofreciendo a la Administración que la inversión sea financiada íntegramente por las mismas empresas de servicios energéticos.

CONSIDERANDO III: que el presente proceso de llamado a interesados se realizó por decisión de esta Comuna a efectos de contar con un comparativo de ofertas y así evaluar la más conveniente sin perjuicio de haber tenido la potestad de proceder a efectuar la contratación de forma directa por la vía de excepción.

CONSIDERANDO IV: del informe técnico de SEG Ingeniería S.A. surgen que 3 Empresas: ENCENGEN S.A; ELECTROLUZ S.A y NORDICA S.A cumplieron con las condiciones técnicas esenciales del llamado. Por ende, tal como lo establece el Pliego de Condiciones Específicas, la Administración en uso de potestades discrecionales, considera que la oferta de ENCENGEN S.A es la que presenta menor precio y, por ende, a los fines de la Administración se entiende conveniente asignarle 5.500 luminarias LED. El resto de las Luminarias LED, serán distribuidas en cantidades iguales para las dos empresas restantes.

ATENTO: a sus facultades.

La Intendente Departamental de Lavalleja; RESUELVE:

1) Adjudíquese ad referéndum del Tribunal de Cuentas de la República, la contratación directa por vía de excepción al amparo de la causal del Artículo 33 literal C) numeral 26) del TOCAF a las siguientes empresas: ENCENGEN S.A la adquisición de hasta 5.500 Luminaria LED, por un monto de U$S 2.710.304 (dos millones setecientos diez mil trecientos cuatro); ELECTROLUZ S.A. la adquisición de hasta 1.500 Luminaria LED, por un monto total de U$S 1.013.085 (un millón trece mil ochenta y cinco) y NORDICA S.A. la adquisición de hasta 1.500 Luminaria LED, por un monto total de U$S 777.793 (setecientos setenta y siete mil setecientos noventa y tres); debiendo todas las mencionadas empresas suscribir el respectivo contrato de remuneración por desempeño.

2) Pase a Dirección de Hacienda - Oficina de Licitaciones - a sus efectos.

3) Siga a Dirección Jurídico Notarial a efectos de suscribir el respectivo contrato.

 

Dra. Adriana Peña 

Intendente