Resolución N° 1.566/022 .

Procedimiento administrativo electrónico

Minas, 4 de Mayo de 2022.

VISTO: el artículo 77 del  Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 3673/021,  del 16 de agosto de 2021.

RESULTANDO: I) que la Intendencia Departamental de Lavalleja, se encuentra inmersa en el plan de transformación digital.

II) que el 16 de agosto de 2021 el Legislativo Departamental aprobó el Decreto N° 3.673/021,  por el cual se incorpora al ordenamiento jurídico departamental el Decreto del Poder Ejecutivo N° 276/013, de 13 de setiembre de 2013,  el que reglamenta el proceso administrativo electrónico.

CONSIDERANDO: I) el avance de la tecnología hace posible la mejora en la gestión y posibilitan que la administración brinde sus servicios en forma más efectiva y eficiente.

II) asimismo la Intendencia Departamental de Lavalleja lleva un gran compromiso ambiental buscando ir avanzando hacia las nuevas políticas de gestión en dicha materia.

III) El Art. 274 de la Constitución de la República dispone, que competen al Intendente las funciones ejecutivas y administrativas en el Gobierno Departamental.

ATENTO: a sus facultades legales El Intendente Departamental de Lavalleja,

                                                                                   RESUELVE:

1º- Dispóngase que a partir del 1° de junio de 2022 comenzará aplicarse el procedimiento administrativo electrónico en todos los trámites que se realicen en la Intendencia Departamental de Lavalleja, con excepción únicamente de las solicitudes de aquellas que requieran aprobación de planos, subdivisión de tierras, control de edificaciones, la Dirección General de Ordenamiento Urbano y Territorial.

2°.- Aquellos asuntos que en esa fecha se encuentren en trámite, continuarán su prosecución en la forma estipulada oportunamente.

3º- Comuníquese, póngase en conocimiento el Decreto N° 276/013, del  3 de septiembre de 2013.

4°.- Cumplido, archívese.

 

Mario García

Intendente

Lidia Araújo

Secretaria General