Resolución N° 1.582/026 .
Minas, 16 de Abril de 2026.
VISTO: la resolución N° 2768/024, de 27 de agosto de 2024
RESULTANDO: I) el convenio firmado entre la EMPRESA SIERRATUR, COSU y Intendencia Departamental de Lavalleja el cual refiere a los pases libres del servicio público de transporte colectivo de pasajeros.
II) que por resolución 3030/019, de 5 de junio de 2019, se dispuso la reglamentación de la concesión de pases libres para personas discapacitadas recaída en Expediente N° 4864/18, llevada adelante por la Dirección General de Tránsito.
III) que por RESOLUCION N° 4.091/023, 24 de octubre de 2023, se fijó en $ 28,oo (pesos uruguayos veintiocho) el precio del boleto para el transporte colectivo urbano de pasajeros. VI) atento a lo establecido en el convenio firmado el 22 de julio de 2019, en su numeral tercero, literal a) enumera las obligaciones acordadas entre las partes.
CONSIDERANDO: que surge de dichos expedientes que las obligaciones asumidas por la Administración es por un importe estimado de $ 150.000 (pesos uruguayos ciento cincuenta mil), en forma mensual, el cual deberá ser tenido en cuenta a la hora de realizar los pagos acordados en el convenio.
ATENTO: a sus facultades legales,
El Intendente Departamental de Lavalleja
RESUELVE:
1°.- Impútese hasta un monto de $ 150.000 (pesos uruguayos ciento cincuenta mil), mensuales a efectos de cubrir las obligaciones referidas en la presente resolución, pase a la Dirección General de Hacienda - Sección Contaduría - a efectos de realizar la reserva respectiva
2°.- Prorróguese anualmente y en forma automática el convenio suscrito oportunamente, el que surge adjunto en expediente N° 1934/2018, a efectos de realizar la reserva hasta la suma de $ 150.000 (pesos uruguayos ciento cincuenta mil), mensualmente.
3°.- Pase a la Cdora. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República a sus efectos
4°.- Siga a Dirección General Jurídico Notarial a su trámite
5°.- Pase a Dirección General de Hacienda - Sección Contaduría para que liquide lo que corresponda según facturas N° 4060 de la empresa Sierratur Hnos SAS y N° 1643 de la empresa Cosu Hnos SAS
6°.- Regístresen las notas de crédito N° 1007 de la empresa Sierratur Hnos SAS y N° 702 de la empresa Cosu Hnos SA
7°.- Liquidar lo que corresponda según facturas N° 4090 y 4091 de la empresa Sierratur Hnos SAS y N° 1644 y 1645 de la empresa Cosu Hnos SAS
8°.- Notifíquese
9°.- Cumplido archívese.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General
