Resolución N° 1.652/022 .
Minas, 10 de Mayo de 2022.
VISTO: lo dispuesto por el Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 3.693/021, de 10 de noviembre de 2021.
CONSIDERANDO: I) que el artículo 1° facultó a la Intendencia Departamental de Lavalleja a exonerar a los espectáculos públicos que se desarrollen en el Departamento del impuesto preceptuado por el Decreto N° 158/974, de 3 de julio de 1974, artículo 23, mientras se mantengan los aforos establecidos por el Ministerio de Salud Pública para el desenvolvimiento de espectáculos.
II) que por Decreto del Poder Ejecutivo N° 106/022, de 5 de abril de 2022, se dejó sin efecto la emergencia sanitaria.
III) que en consecuencia los aforos han sido eliminados.
IV) que por Resolución N° 1651/022, de 10 de mayo de 2022, se dispuso dejar sin efecto las resoluciones que el Ejecutivo Departamental hubiere dictado a propósito y en el marco de la emergencia sanitaria a causa de la pandemia originada por el Virus SarsCov-2.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Déjese sin efecto la exoneración a los espectáculos públicos facultada por Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 3.693/021, de 10 de noviembre de 2021.
2°.- A partir del día de la fecha, reanúdese el cobro del impuesto preceptuado por el Decreto N° 158/974, de 3 de julio de 1974, artículo 23, para los espectáculos públicos.
3°.- El ámbito objetivo de aplicación de la presente Resolución está determinado por lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 644/978, de 20 de diciembre de 1978, en la redacción dada por el artículo 14 del Decreto N° 3.442/017, de 12 de setiembre de 2017.
4°.- Comuníquese, publíquese.
5°. Pase a la Sección Reguladora de Trámite y a la Dirección General de Hacienda a sus efectos.
6°.- Cumplido, archívese.
Mario García
Intendente
Lidia Araújo
Secretaria General