Resolución N° 1.688/024 .
Minas, 30 de Mayo de 2024.
VISTO: la resolución N° 1163/024, de 15 de abril de 2024.
RESULTANDO: que autoriza a liquidar a la empresa Ramón C. Álvarez S.A. la e-factura N° 3706 por un importe de $ 117.410,36 (pesos uruguayos ciento diecisiete mil cuatrocientos diez con 36/100), correspondiente al certificado N° 2 de la obra de Licitación N° 5/023, "Obras de Recuperación de pavimentos en Av. Luis A. de Herrera".
CONSIDERANDO: I) los informes N° 631/024, de 26 de abril de 2024, de Sección Contaduría, informe N° 272/024, de 29 de mayo de 2024, de Dirección General de Vialidad y Obras, que se adjunta Nota de Crédito A 792, Factura A 3760 y Factura A 3761.
II) informe N° 577/024, de 29 de mayo de 2024, de Dirección General de Hacienda, comunicando que se refacturó y se realiza la nota de crédito N° A 792, sugiriendo liquidar la factura N° 3706 y su correspondiente nota de crédito N° 792; la factura N° 3760 y la N° 3761, de la empresa Ramón C. Álvarez S.A.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Déjese sin efecto la resolución N° 1163/024, de 15 de abril de 2024.
2°.- Liquídese a la empresa Ramón C. Álvarez S.A según el siguiente detalle:
- e-factura A N° 3706 por un importe de $ 117.410,36 (pesos uruguayos ciento diecisiete mil cuatrocientos diez con 36/100).
- Nota de crédito N° A 792 por un importe de 117.410,36 (pesos uruguayos ciento diecisiete mil cuatrocientos diez con 36/100).
- e-factura A N° 3760 por un importe de $ 112.240 (pesos uruguayos ciento doce mil doscientos cuarenta)
- e-factura A N° 3761 por un importe de $ 5.170,36 (pesos uruguayos cinco mil ciento setenta con 36/100).
3°.- Descuéntese los siguientes conceptos, $ 3.903 (pesos uruguayos tres mil novecientos tres) correspondiente al exceso de leyes sociales con respecto a la reserva. (Reserva: $ 490.408 (pesos uruguayos cuatrocientos noventa mil cuatrocientos ocho), Leyes Sociales liquidadas $ 494.311 (pesos uruguayos cuatrocientos noventa y cuatro mil trescientos once), $ 655 (pesos uruguayos seiscientos cincuenta y cinco) de multa por nominada generada en la factura de BPS N° 1317147085 y $ 983 (pesos uruguayos novecientos ochenta y tres), de multa por nominada generada en la factura de BPS N° 1304507778.
4°.- Pase a la Dirección General de Hacienda - Sección Contaduría, para su trámite.
5°.- Notifíquese.
6°.- Siga a Sección Tesorería para que verifique el punto SEXTO del contrato, el cual además del refuerzo de garantía calculado anteriormente, se solicita una Garantía de fiel cumplimiento de contrato equivalente al 5% del monto del contrato (impuestos y leyes sociales incluidos).
7°.- Cumplido, archívese.
Dr. Mario García
Intendente
Lidia Araújo
Secretaria General