Resolución N° 1.711/022 .
Minas, 17 de Mayo de 2022.
VISTO: el oficio N° 126/022, de 2 de mayo de 2022, de la Dirección General de Servicios Sociales.
RESULTANDO: que solicita el pago del arrendamiento correspondiente al mes de abril 2022, del Hogar Estudiantil, ubicado en calle Fernández Crespo N° 2240 y 2242, Montevideo.
CONSIDERANDO: I) el informe N° 647/022, de 5 de mayo de 2022, de Sección Contaduría.
II) que comunica que el contrato con el Sr. Ricardo di Paolo correspondiente al Hogar Estudiantil ubicado en calle Fernández Crespo no se encuentra vigente, el mismo abarcaba desde el 1º de abril 2021 al 1º de abril 2022.
III) Conforme a lo estatuido en el art. 1790 del Código Civil, que prevé "Si vencido el término convencional del arrendamiento, el arrendatario permanece en el uso o goce de la cosa arrendada, no se entenderá que hay tácita reconducción, sino la continuación del arrendamiento concluido y bajo las mismas condiciones, hasta que el arrendador pida la devolución de la cosa; y podrá éste pedirla en cualquier tiempo, sea cual fuere el que el arrendatario hubiere continuado en el uso de la cosa. Pero las fianzas como las prendas o hipotecas constituidas por terceros, no se extenderán a las obligaciones que resulten de la continuación del arriendo fenecido."
IV) Conforme a lo establecido en los Art. 274 y 275 de la Constitución de la República Oriental de Uruguay, corresponde abonar el arrendamiento correspondiente al mes de abril 2022.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1º.- Páguese al Sr. Ricardo Di Paolo Ruocco el importe de $ 70.000 (pesos uruguayos setenta mil) por concepto de arrendamiento del Hogar Estudiantil, ubicado en calle Fernández Crespo N° 2240 y 2242, por el mes de abril 2022.
2º.- Pase a Dirección General de Hacienda - Sección Contaduría para su liquidación.
3º.- Cumplido, archívese.
Dr. Mario García
Intendente
Lidia Araújo
Secretaria General