Resolución N° 1.820/022 .

Exoneración a Liga Minuana de Fútbol.

Minas, 24 de Mayo de 2022.    

VISTO: La petición administrativa presentada por la Liga Minuana de Fútbol, de 11 de marzo de 2021.-

RESULTANDO I): solicita la exoneración del pago del 7% correspondiente a la liquidación de lo recaudado por el impuesto de espectáculo público durante el desarrollo del campeonato minuano de primera división del año 2021.

CONSIDERANDO I): El Decreto de la Junta de Vecinos N.º 644/78,  de 20 de noviembre de 1978, donde se regula el impuesto a los espectáculos públicos, que determina que la tasa de dicho impuesto es el 7% del valor de las entradas.

II) Existen antecedentes administrativos de declaración de exoneración genérica conforme el Art. 69 de la Constitución de la República.

III) El Art. 132 de la Ley 12.802 dispone “ (…) Declárese asimismo exoneradas de todo impuesto nacional o departamental, así como de todo tributo, aporte y/o contribución, a las instituciones culturales, de enseñanza, y a las Federaciones o Asociaciones Deportivas, así como a las instituciones que las integren, siempre que éstas y aquéllas gocen de personería jurídica”

IV) Conforme el informe No. 3224/2021,  de 28 de octubre de 2021,  de Dirección General Jurídico Notarial, y lo dispuesto por el Art. 69 de la Constitución de la República, se entiende pertinente acceder a la exoneración solicitada

Atento a las facultades legales,

El Intendente Departamental de Lavalleja,

                                                                 RESUELVE:

1º.- Exonérese a la Liga Minuana de Fútbol del pago del impuesto municipal por concepto de espectáculos públicos.

2º.- Pase a la Sección Reguladora de Trámites a sus efectos. Notifíquese

3º.-  Luego archívese.

 

Dr. Mario García

Intendente

Lidia Araújo

Secretaria General