Resolución N° 1.846/022 .

Fideicomiso "LAVALLEJA AVANZA"

Minas, 25 de Mayo de 2022.          

VISTO: Que la Intendencia Departamental de Lavalleja entiende necesario el desenvolvimiento de una serie de obras de infraestructura en todo el departamento.

RESULTANDO: I) que a efectos de dar cumplimiento a las necesidades de desarrollo de obra pública en las diversas zonas del departamento y la generación de fuentes de trabajo para los habitantes del departamento, se entiende oportuno la creación de un fondo que permita su realización.

II) que en ese sentido, se considera pertinente la constitución de instrumentos que permitan la captación de fondos y la ejecución de obras, compras y servicios, según se establece en el Anexo I adjunto a la presente.

III) que el referido fondo – fideicomiso de administración y/o financiero - se constituirá con CONAFIN AFISA y/o la Corporación Nacional para el Desarrollo y se denominará “LAVALLEJA AVANZA”.

CONSIDERANDO: I) que el contrato de fideicomiso referido es un medio adecuado para la financiación de las distintas obras que se pretenden realizar, sin que ello afecte las finanzas departamentales.

II) que se concreta con CND o con una institución que realiza actividades como Fiduciario financiero y profesional y cuyo capital accionario pertenece en un 100% a la Corporación Nacional para el Desarrollo.

III) que las obras cubren necesidades imperativas en todo el Departamento y se pretenden realizar mediante un fideicomiso que tendrá cesión de tributos de SUCIVE y podrá tomar financiamiento en el mercado.

IV) que a través de este mecanismo se propone fomentar el trabajo y la ocupación de los habitantes del departamento, ya que se exigirá a las empresas que realicen las tareas, que la contratación de entre 30 y 60% del personal no calificado sean residentes del lugar del departamento en que se realiza la obra.

V) que para la financiación de las obras propuestas, se requiere anuencia de la Junta Departamental de Lavalleja.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a sus facultades  legales.

El Intendente Departamental de Lavalleja,

RESUELVE:

1°.- Con iniciativa favorable, apruébese la realización de un contrato de Fideicomiso, que se denominará “LAVALLEJA AVANZA” para la realización de obras, que tendrá cesión de tributos de SUCIVE y podrá tomar financiamiento en el mercado local.

2°.- La Intendencia Departamental de Lavalleja será el Fideicomitente y CONAFIN AFISA o CND el fiduciario. El monto total del financiamiento del Fideicomiso será de hasta el equivalente a dólares americanos ocho millones que se financiará en Unidades Indexadas por un plazo de ocho años hasta el 15 de julio de 2030, y con hasta un 5% de interés anual.

3°.- Las obras que se pretenden realizar son las siguientes:

  • Puente sobre el Arroyo Campanero
  • Camping Arequita
  • Camping Aguas Blancas
  • Mejora de calles de José Pedro Varela - Salón Multiuso en Solís de Mataojo - Centro Hípico en José Batlle y Ordóñez
  • Mejoras en Plaza de Pirarajá
  • Mejoras en Zapicán
  • Salón Multiuso en Plaza de Aramendía - Vestuarios en Plaza de Colón - Local Junta Departamental - Casa de la Cultura en Mariscala

Las referidas obras se encuentran enunciativa y básicamente descriptas en el Anexo I que se agrega y es parte de la presente Resolución, sin perjuicio del posterior cumplimiento de las disposiciones normativas vigentes para su concreción.

4°.- Para la realización de las obras, las empresas adjudicatarias de los respectivos llamados deberán contratar entre un 30 a 60% del personal no calificado residentes del lugar del departamento en que se realiza la obra.

5°.- En caso que la realización de las obras programadas sea por debajo del monto estimado para ellas, la diferencia será destinada a complementar la inversión en las obras previstas.

6°.- Créase una Comisión de seguimiento del desarrollo de la ejecución del Contrato de Fideicomiso, compuesta por siete miembros designados por la Junta Departamental de Lavalleja.

 

Mario García

Intendente

Lidia Araújo

Secretaria General