Resolución N° 1.925/018 .

Adquisición.

Minas, 30 de Abril de 2018.

VISTO: El oficio Nº32/18 emitido por Dirección de Vialidad por el cual se solicita se realice llamado a precios para "Adquisición de luminarias leds para el Departamento", teniendo en cuenta el estudio de asesoramiento realizado por la Empresa SEG INGENIERIA.

RESULTANDO I): Que de acuerdo al informe N° 544 de Dirección Jurídico Notarial, el procedimiento de contratación directa - por vía de excepción - en virtud de lo dispuesto en art. 33 lit. C numeral 26 del TOCAF, (redacción dada por el art. 25 de la Ley 18597, y - para el caso de optar por la misma - debería ser autorizada por el Ordenador primario (inc. 3ª de dicha norma).

RESULTANDO II): Que por Resolución N° 1034/18, recaída en obrados de la Sra. Intendente Departamental, se dispone efectuar el procedimiento de contratación enunciado precedentemente,

RESULTANDO III): Que anexo al informe N° 43/18 de Oficina de Licitaciones, se eleva el "Pliego de Condiciones para Compra Directa N° 1/18", con el objeto enunciado en el VISTO de la presente Resolución.

ATENTO: A sus facultades legales, la Intendente Departamental de Lavalleja, R E S U E L V E

1) Apruébase el "Pliego de Condiciones Específicas que se adjunta", para proceder al trámite de adquisición por medio del "Procedimiento de Compra Directa" de hasta 8500 luminarias LED, para sustitución de las luminarias actuales de la red lumínica del Departamento de Lavalleja, teniendo en cuenta lo detallado de acuerdo a lo siguiente: Objeto, Anexos, Normas que rigen el llamado, Cotización, Presentación de las propuestas, Calidad de los productos, lugares de entrega, plazo de mantenimiento de la oferta, otros aspectos, Multa por falta de entrega, Documentación exigida al adjudicatario, Contrato, como asimismo en Anexo I, las condiciones técnicas del llamado detalladas y adjuntas.

2) Pase a Dirección de Hacienda, -Oficina de Licitaciones- para el trámite respectivo de acuerdo a la normativa vigente en lo referente a procedimientos de contratación establecidos en el T.O.C.A.F. (art.33).

 

Dra. Adriana Peña

Intendente