Resolución N° 2.013/025 .
Minas, 5 de junio de 2025
VISTO: la solicitud presentada por el Sr. Luis Martínez, en representación del Club Atlético River Plate de Baby Fútbol, de 30 de mayo de 2025.
RESULTANDO: que solicitan colaboración económica para la construcción de un área de juegos infantiles dentro del predio.
CONSIDERANDO: conforme el Art. 274 de la Constitución de la República Oriental de Uruguay que dispone que al Intendente Departamental le corresponden las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Departamental, por lo que se entiende pertinente acceder a lo solicitado.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1° .- Previa intervención de la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, colabórase con la suma de $ 50.000 (pesos uruguayos cincuenta mil) con el Club Atlético River Plate de Baby Fútbol.
2° .- Pase a la Dirección General de Hacienda – Sección Contaduría – para que liquide el importe de referencia a nombre de Clúb Atlético River Plate de Baby Fútbol - Banco xxxxxxxx CA N° xxxxxxxx sucursal xx.
3° .- Notifíquese a la gestionante que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el articulo 132 del TOCAF (presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días contados a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación).
4° .- Tome nota y radíquese en Auditoría Permanente.
5° .- Cumplido, archívese.
Esc. Herman Vergara
Intendente
Ing. Agr. José Rojas
Secretario General