Resolución N° 2.032/025 .
Minas, 6 de Junio de 2025.
VISTO: La propuesta elevada por la Comisión Departamental del Patrimonio de Lavalleja.
RESULTANDO: I) que se solicita la declaración como Patrimonio Departamental a los Alfajores de la Sierra de Minas.
II) que se presenta un dossier explicativo con toda la información vinculada con la historia del primer alfajor del Uruguay que es precisamente el Alfajor de la Sierra de Minas, detallándose el surgimiento de la tradición familiar en ese sentido y determinándose cómo Minas se ha transformado de alguna forma en la capital del alfajor.
CONSIDERANDO: I) lo dispuesto por el artículo 7°, del Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 3326/015, de 18 de diciembre de 2015, en la redacción dada por el art. 1° del Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 3941/024, de 11 de diciembre de 2024. II) lo dispuesto en la Ley N° 20.264, de 15 de mayo de 2024, en el sentido de declarar a la ciudad de Minas como la Capital Nacional del Alfajor, lo que coadyuva a la solicitud en consideración.
III) que se comparte y en consecuencia se entiende relevante proceder en el sentido propuesto.
ATENTO: a lo expuesto y a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja
RESUELVE:
1°.- Con iniciativa favorable elévese a consideración de la Junta Departamental de Lavalleja, el siguiente Proyecto de Decreto:
“1°.- Declárase Patrimonio Departamental a los Alfajores de la Sierra de Minas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7°, del Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 3326/015, de 18 de diciembre de 2015, en la redacción dada por el art. 1° del Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 3941/024, de 11 de diciembre de 2024.
2°.- Comuníquese.”
Esc. Herman Vergara
Intendente
Ing. Agr. José Rojas
Secretario General