Resolución N° 2.058/026 .

Pase a la Junta Departamental de Lavalleja exoneración de tasa higiene ambiental a Asociación Civil Vida Plena.

Minas, 19 de Mayo de 2026. 

VISTO: la nota presentada por la Sra. María Celia Arellano y el Sr. Alvaro Martínez en representación de la Asociación Civil Vida Plena. 

RESULTANDO: I) que solicita solicita la exoneración de la tasa de higiene ambiental. II) que según surge de Certificado Notarial, la asociación civil “Vida Plena” es persona jurídica vigente y su personería jurídica le fue concedida por el Poder Ejecutivo en Mayo de 1998. 

CONSIDERANDO: el informe N° 352/026, de 10 de febrero de 2026, de la Dirección General Jurídico Notarial, considerar pertinente y conveniente remitir iniciativa favorable a la Junta Departamental, a efectos de solicitar la exoneración del tributo por el ejercicio solicitado, conforme a lo dispuesto por los Artículos 133, inc. 2°; 273, numeral 3° y 275, numeral 4° de la Constitución de la República y Art. 37 del Código Tributario aplicable por Decreto N° 524/1977. 

ATENTO: a sus facultades legales. 

El Intendente Departamental de Lavalleja. 

                                                                             RESUELVE: 

1.°- Con iniciativa favorable pase a la Junta Departamental de Lavalleja, a efectos de solicitar la exoneración la tasa de higiene ambiental ficha N° 4878, del comercio 9074, a nombre de Vida Plena, por el ejercicio 2026 conforme a lo dispuesto por los Artículos 133, inc. 2°; 273, numeral 3° y 275, numeral 4° de la Constitución de la República y Art. 37 del Código Tributario aplicable por Decreto N° 524/1977.

 

Dr. Daniel Ximénez

Intendente

Dra. Arianna Bentos

Secretaria General