Resolución N° 2.118/021 .
Minas, 9 de Junio de 2021
VISTO: lo dispuesto por el artículo 38 del Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja, N° 994/982, de 15 de noviembre de 1982.
CONSIDERANDO: Que el citado artículo establece que los funcionarios podrán ser trasladados por razones de mejor servicio, respetándose su categoría y grado.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja
RESUELVE:
1º.- Trasládese al Sr. Heber Machín (Nº31.252) - de la Oficina de Empleo a Dirección General de Servicios Sociales, a partir del día siguiente a su notificación.-
2°.- Dispóngase el pago de una compensación por eficiencia, en forma mensual de $ 8000 (pesos uruguayos ocho mil).
3º.- Pase a Dirección General de Servicios Sociales y a la Oficina de Empleo para su conocimiento y notificación.
4º.- Siga a Dirección General de Hacienda – Sección Recursos Humanos - para su trámite.
5°.- Tome nota Sección Validación. Cumplido, archívese.
Dr. Mario García
Intendente
Alejandro Giorello
Secretario Departamental