Resolución N° 2.185/026 .
Minas, 27 de Mayo de 2026.
VISTO: el oficio N° 158/026, de 4 de mayo de 2026, de la Dirección General de Ordenamiento Urbano y Territorial - Departamento de Arquitectura.
RESULTANDO: que en el marco de las competencias de la Dirección General de Ordenamiento Territorial, se ha venido trabajando con dicho organismo en la definición de productos para el período 2026-2027, en relación con los convenios de fortalecimiento que la DINOT celebra con las Intendencias Departamentales.
CONSIDERANDO: que conforme a los Artículos 274 y 275 de la Constitución de la República Oriental de Uruguay y el Artículo 35 de la Ley N° 9515 corresponde al Intendente Departamental las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Departamental.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Ofíciese a la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial, comunicando la intención de celebrar un convenio de fortalecimiento con la Intendencia Departamental de Lavalleja, remitiéndole borrador para su estudio.
2°.- Pase a la Dirección General de Ordenamiento Urbano y Territorial - Departamento de Arquitectura, para su conocimiento.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General
