Resolución N° 2.269/019 .
Minas, 3 de Mayo de 2019.
VISTO: el Oficio N° 357/2018 de Jefatura de Policía de Lavalleja, donde solicita exonerar de contribución inmobiliaria a los bienes inmuebles pertenecientes al Ministerio del Interior por gozar de inmunidad impositiva en virtud de lo establecido en el Artículo 463 Ley 16226.
CONSIDERANDO: el Informe N° 1011/2019 de Dirección Jurídico Notarial.
La Intendente Departamental de Lavalleja, RESUELVE:
1) Declárase la exención tributaria por inmunidad de los padrones de obrados, con excepción de los padrones números 398, 147, 6647, 10900, 10901, 11840, 567 y 46 de obrados, ya que no surgen en nuestros registros y otros figuran a nombre de otro contribuyente.
2) Notifíquese a los gestionantes:
* que deberán agregar la titularidad y cédulas catastrales informadas en los padrones antes mencionados.
* con respecto a los padrones números 5239 y 5232 deberán presentar cédula catastral informada a los efectos de dar de alta a los nuevos padrones generados.
* la Institución gestionante, y sin perjuicio de la inmunidad impositiva, abone anualmente las tasas (adicionales, registro de inmuebles, etc.), correspondientes a cada ejercicio, por no reunir estos últimos la calidad de impuesto.
3) A los efectos de aplicar principios de economía administrativa, sería pertinente declarar que dicha inmunidad impositiva se extenderá por 5 años, bajo la carga de que la Institución gestionante deberá comunicar en debida forma ante esta Administración cualquier cambio en la titularidad de los referidos padrones.
4) Pase a Dirección de Hacienda para su trámite.
5) Cumplido, archívese.
Dra. Adriana Peña
Intendente