Resolución N° 2.317/020 .
Minas, 5 de Junio de 2020.
VISTO: lo solicitado por el Templo Evangélico, exoneración del pago de impuesto de contribución inmobiliaria por el año 2020, de los padrones N° 3887 - 10193 (1ra. sección), N° 428 de (2da. sección) y N° 219 de (8va. sección).
CONSIDERANDO: el Informe N° 1211/2020 de Sección Jurídico Notarial.
La Intendente Departamental de Lavalleja, RESUELVE:
1) Accédase a lo solicitado por el Templo Evangélico - exoneración del Impuesto de Contribución Inmobiliaria de los padrones N° 3887 - N° 10193 de la primera sección, N° 428 de la segunda sección y N° 219 de la 8va. sección, al amparo del Art. 5 de la Constitución de la República, por el ejercicio 2020, (con excepción de las tasas adicionales las cuales deberá abonar).
2) Pase a Dirección de Hacienda para su trámite.
3) Notifíquese y luego archívese.
Dra. Adriana Peña
Intendente
Carlos Draper
Secretario General