Resolución N° 2.801/026 .
Minas, 7 de julio de 2026.
VISTO: La Resolución No. 247/2026, de la Junta Departamental de Lavalleja;
RESULTANDO: I) Que por Resolución No. 57/026, de 8 de enero de 2026, se remitió a consideración de la Junta Departamental de Lavalleja el proyecto de Presupuesto Departamental para el período 2026-2030 y por Resolución No. 435/026, de 28 de enero de 2026 se envió mensaje complementario;
II) Que por Decreto No. 4075, de 25 de marzo de 2026, la Junta Departamental de Lavalleja aprobó el proyecto de Presupuesto Departamental para el período 2026-2030 y conforme a lo dispuesto por la Constitución y la Ley Orgánica Municipal remitió los antecedentes e informe del Tribunal de Cuentas de la República;
III) Que por Resolución No. 160/2026, la Junta Departamental de Lavalleja dispuso aceptar las observaciones realizadas en los puntos 2.2, 3.2 y 3.5 efectuadas por el Tribunal de Cuentas de la República en la Resolución No. 999/2026 y no aceptar las observaciones realizadas referentes al punto 5.5 de dicha Resolución, por lo que conforme al art. 225 de la Constitución de la República las actuaciones fueron elevadas a la Asamblea General, comunicándose por Oficio No. 329/2026 de fecha 22 de junio de 2026, el vencimiento del plazo establecido en el referido artículo constitucional;
IV) Que por Resolución No. 247/2026, la Junta Departamental de Lavalleja, dispuso tener por sancionado el Presupuesto Departamental para el período 2026-2030 conforme establece el referido art. 225 de la Constitución, elevando todas las actuaciones a esta Intendencia para su promulgación;
CONSIDERANDO: lo establecido en los artículos 225, 227, 275 numeral 2, 281 y 299 de la Constitución de la República, artículo 1 del Código Civil y Ordenanza No. 71 del Tribunal de Cuentas, corresponde promulgar el Presupuesto Departamental para el período 2026-2030;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto;
El Intendente Departamental de Lavalleja
RESUELVE:
1°. - Cúmplase, publíquese, comuníquese el Decreto Departamental No. 4076/2026 (Presupuesto Departamental para el período 2026-2030).
2°. - Publíquese, en el Diario Oficial y en dos periódicos del departamento.
3°. - Comuníquese al Poder Ejecutivo y al Tribunal de Cuentas de acuerdo a lo establecido en el artículo 227 de la Constitución de la República, así como a la Junta Departamental de Lavalleja;
4°. - Pase a la Dirección General Jurídico Notarial, al Departamento de Prensa y cumplido siga a Secretaría General.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General
