Resolución N° 2.847/026 .
Minas, 9 de Julio de 2026.
VISTO: la Resolución N° 2.785/026, de 7 de julio de 2026.
RESULTANDO: que en las citadas Resoluciones se aprueba el Reglamento para el uso de las cajas chicas.
CONSIDERANDO: que se entiende necesario efectuar una readecuación en el Reglamento citado, agregando a Tecnología de la Información a dicha regulación, dictando resolución en tal sentido.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1º.- Modifíquese el Reglamento para el uso de las Cajas Chicas, el artículo 3°, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Exclusivamente para las Cajas chicas de la Planta 1 y Planta 3 se autorizará gastar hasta el 40% del monto asignado a Caja Chica para pagar repuestos, servicios, insumos, mantenimientos, reparaciones, inspecciones vehiculares, renovaciones de permisos de circulación y materiales de construcción o eléctricos que de no realizarse a tiempo entorpezcan el normal funcionamiento de la Intendencia. En este caso deberán solicitarse 3 (tres) cotizaciones que se detallarán en una Planilla la que se adjuntará a la Rendición de cuentas que se presente, dónde se informe los motivos de la adjudicación y el proveedor que resultó adjudicatario junto con la correspondiente factura. Sin perjuicio de lo indicado en el párrafo primero, fíjense los siguientes montos según detalle:
Planta 1 - $100.000
Planta 3 - $200.000
Adquisiciones - $ 50.000
Arquitectura - $ 50.000
Secretaría Intendente - $ 30.000
Necrópolis - $ 30.000
Pirarajá- $ 20.000
Zapicán- $ 20.000
Camping y Balnearios - $ 30.000
Servicios Sociales - $ 35.000
Vialidad y Obras $ 50.000
Familia y Género $ 8.000
Medioambiente $ 5.000
Deportes $ 20.000
Cecoed $ 15.000
Cultura $ 6.000
Tecnología de la Información $ 15.000
2°.- Tome conocimiento de lo dispuesto la Dirección General de Hacienda.
3°.- Cumplido archívese.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General
