Resolución N° 2.858/025 .

Ofíciese a la Junta Departamental de Lavalleja "Proyecto de Decreto de Implementación de Espacios de Lactancia y Cuidado del Lactante en Espacios Públicos".

Minas, 5 de agosto de 2025 

VISTO: el Oficio N° 072/025, de la Junta Departamental de Lavalleja, de 11 de marzo de 2025. 

RESULTANDO: que reunida la Comisión de Asuntos Sociales de la Junta Departamental de Lavalleja, elevando un proyecto de decreto de implementación de espacios de lactancia y cuidado del lactante en espectáculos públicos en el departamento de Lavalleja, como eventos socioculturales y deportivos de carácter masivo. 

CONSIDERANDO: el Informe N° 299/025, de la Dirección General de Higiene de 17 de junio de 2025, dónde la principal normativa regula las salas y espacios de lactancia es la Ley N° 19530, de 24 de agosto de 2017 y su Decreto reglamentario N° 234/018 de 30 de julio de 2018. 

ATENTO: a sus facultades legales. 

El Intendente Departamental de Lavalleja, 

                                                                     RESUELVE: 

1°.- Ofíciese a la Junta Departamental comunicando que la implementación de espacios de lactancia y cuidado del lactante en espectáculos públicos, está regulado por la Ley N° 19.530 y su Decreto reglamentario N° 234/018, de 30 de julio de 2018, los cuales se puede obtener la información detallada y actualizada, en las fuentes oficiales como IMPO, el Ministerio de Salud Pública y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Uruguay. Asimismo se agrega que se tendrá presente al momento de otorgar el permiso para cada espectáculo. 

2°.- Cumplido, archívese.

 

Dr. Daniel Ximénez

Intendente

Dra. Arianna Bentos

Secretaria General