Resolución N° 2.871/026 .

Se remite a la Junta Departamental de Lavalleja proyecto de Decreto.

Minas, 9 de Julio de 2026. 

VISTO: el Oficio N° 127/026, de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado. 

RESULTANDO: I) que se solicita uso de espacio libre para instalar una Estación de Bombeo, de OSE, agregando el croquis de desafectación. 

II) que el espacio público donde se emplaza los servicios de OSE es un espacio libre legalmente cedido al dominio público departamental en aplicación del Decreto Ley N° 14.530, de 12 de junio de 1976 “Espacio Libre”, identificado como Fracción B en el Plano de Mensura-Fraccionamiento registrado en el D.N.C. bajo el Nº 7202, con fecha del 28 de junio de 1994, elaborado por el Agrim. Miguel A. Graña sobre el Padrón Nº 25, según Informe N° 425/026, de 26 de abril de 2026, de la Dirección General de Ordenamiento Urbano y Territorial. 

CONSIDERANDO: I) que teniendo presente que el área delimitada por el croquis de desafectación esta bajo el régimen jurídico de Dominio Público de uso público (Art. 477 Código Civil), a efectos de destinar dicho inmueble a los fines y cometidos del OSE, se deberá seguir el procedimiento para el cambio de naturaleza dominial como inmueble fiscal de uso particular de la Intendencia previa autorización de la Junta Departamental. (Art. 483 Código Civil y Arts. 80 a 84 TOCAF) 

II) que se requiere de 2 (dos) iniciativas del Ejecutivo para remitir al Legislativo Departamental, a decir: 1) la desafectación del dominio público del bien inmueble de uso público, convirtiendo su régimen jurídico a dominio fiscal del Gobierno Departamental cambiando y adaptando su destino a los usos particulares del Ejecutivo Departamental (Arts. 477, 1193 y 1194 C. Civil) y 2) solicitar la anuencia a la Junta Departamental para su enajenación conforme el Art. 37 numeral 2 de la Ley 9.515. 

ATENTO: a sus facultades legales. 

El Intendente Departamental de Lavalleja, 

                                                                                     RESUELVE: 

1º.- Remitir iniciativa favorable de proyecto de Decreto Departamental para la consideración y aprobación de la Junta Departamental de Lavalleja, en los siguientes términos: 

Artículo 1°.-Autorícese a la Intendencia Departamental de Lavalleja desafectar del dominio público del “Espacio Libre”, identificado como Fracción B en el Plano de Mensura-Fraccionamiento registrado en el D.N.C. bajo el Nº 7202, con fecha del 28 de junio de 1994, elaborado por el Agrim. Miguel A. Graña sobre el Padrón Nº 25, se adjunta croquis de ubicación solicitud de desafectación. 

Artículo 2°.- Otórguese anuencia a la Intendencia Departamental de Lavalleja para destinar el bien inmueble fiscal resultante y delimitado en el plano proyecto de desafectación indicado en el Artículo 1°, para su enajenación conforme el Art. 37 numeral 2 de la Ley 9.515.

 

Dr. Daniel Ximénez

Intendente

Dra. Arianna Bentos

Secretaria General