Resolución N° 2.918/025 .
Minas, 8 de agosto de 2025
VISTO: el Oficio N° 356/025, del Municipio de Varela, eleva nota del Instituto Pro-Bienestar Social del Anciano "Juan Yapor", del 23 de julio de 2025.
RESULTANDO: que solicita la renovación de la colaboración mensual de la Comuna a partir del mes de agosto del corriente año, como se venía recibiendo.
CONSIDERANDO: que conforme a los Artículos 274 y 275 de la Constitución de la República Oriental de Uruguay y el Artículo 35 de la Ley N° 9515 corresponde al Intendente Departamental las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Departamental.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Previa intervención del Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República, colabórese con el Instituto Pro Bienestar Social del Anciano "Juan Yapor", con la suma de $ 25.000 (pesos uruguayos veinticinco mil) mensuales, a partir del mes de agosto hasta diciembre del corriente año, para poder solventar parte de los gastos del funcionamiento.
2°.- Pase a la Dirección General de Hacienda - Sección Contaduría - para que liquide el importe de referencia en la cuenta de la Institución Caja de Ahorros - N° xxxxxx - cuenta anterior xxxxxxx -.
3°.- Notifíquese al gestionante que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el artículo 132 del TOCAF (presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación), bajo apercibimiento de que no podrá recibir nuevos fondos públicos de esta Comuna de conformidad con el artículo 416 de la Ley 17930 de 17 de diciembre de 2005.
4°.- Tome nota y radíquese en Auditoría Permanente.
5°.- Cumplido, archívese.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General