Resolución N° 323/025 .
Minas, 24 de Enero de 2025.
VISTO: lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 3842/023, de 25 de setiembre de 2023.
CONSIDERANDO: I) que el concepto retribuciones debe considerarse en sentido amplio y por tanto, comprensivo de las compensaciones que se abonan en la Intendencia Departamental de Lavalleja.
II) que deben en consecuencia, comprenderse todas las compensaciones fijas sin excepción de tipo alguno.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja
RESUELVE:
1°.- Procédase a la indexación de todas las compensaciones fijas sin excepción, que se abonan en la Intendencia Departamental de Lavalleja, en el porcentaje y oportunidad que corresponde de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 del Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 3842/023, de 25 de setiembre de 2023, a partir de enero de 2025.
2°.- Calcúlese y abónese el monto correspondiente a los veinticuatro meses que deben considerarse en aplicación del citado artículo 19 del Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 3842/023, de 25 de setiembre de 2023, contados desde el 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2024.
3°.- Tanto en el cálculo del artículo 1° como del artículo 2° de la presente Resolución deberá adicionarse el incremento de 1% semestral de recuperación salarial dispuesto en el artículo 20 del Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 3842/023, de 25 de setiembre de 2023.
4°.- Pase a la Dirección General de Hacienda a sus efectos.
5°.- Comuníquese.
6°.- Cumplido, archívese.
Dr. Mario García
Intendente
Lidia Araújo
Secretaria General