Resolución N° 3.253/026 .

Se accede a lo solicitado por el Sr. Jorge López.

Minas, 5 de agosto de 2026 

VISTO: la solicitud presentada por el Sr. Jorge López, del 3 de junio de 2026. 

RESULTANDO: que solicita autorización para realizar un beneficio en las instalaciones del Teatro Lavalleja, el día 9 de agosto de 2026 y exoneración del cobro arriendo del mismo. 

CONSIDERANDO: I) la Resolución Nº 1.216/2023, de fecha 26 de marzo de 2023, por el cual se modifica el Art. 4 lit c) de la Resolución 4.071/2001, de 19 de noviembre 2001, donde se dispone las reglamentaciones a seguir para el mejor funcionamiento del Teatro Lavalleja, por lo que se entiende pertinente acceder a lo solicitado, dictando resolución en tal sentido. 

II) por tratarse de una artista local siendo política de éste Ejecutivo Departamental fomentar el desarrollo de la cultura del Departamento de Lavalleja y el apoyo a los artistas del Departamento. 

III) tratándose el costo del arriendo del Teatro de un precio, conforme el Art. 275.4 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay, corresponde acceder a lo solicitado. 

ATENTO: a sus facultades legales. 

la Secretaria Departamental de Lavalleja, 

                                                                    RESUELVE: 

1°.- Accédase a lo solicitado por el Sr. Jorge López, para el día 9 de agosto de 2026. 

2°.- Exonérase el precio del arriendo por el uso de la sala del Teatro Lavalleja para la obra a desarrollarse el día 9 de agosto de 2026. 

3° .- Pase a la Dirección General de Hacienda, Dirección General de Cultura, Reguladora de Trámites y Espectáculos Públicos a sus efectos. 

4º .- Cumplido archívese.

 

Dra. Arianna Bentos

Secretaria General