Resolución N° 3.253/026 .
Minas, 5 de agosto de 2026
VISTO: la solicitud presentada por el Sr. Jorge López, del 3 de junio de 2026.
RESULTANDO: que solicita autorización para realizar un beneficio en las instalaciones del Teatro Lavalleja, el día 9 de agosto de 2026 y exoneración del cobro arriendo del mismo.
CONSIDERANDO: I) la Resolución Nº 1.216/2023, de fecha 26 de marzo de 2023, por el cual se modifica el Art. 4 lit c) de la Resolución 4.071/2001, de 19 de noviembre 2001, donde se dispone las reglamentaciones a seguir para el mejor funcionamiento del Teatro Lavalleja, por lo que se entiende pertinente acceder a lo solicitado, dictando resolución en tal sentido.
II) por tratarse de una artista local siendo política de éste Ejecutivo Departamental fomentar el desarrollo de la cultura del Departamento de Lavalleja y el apoyo a los artistas del Departamento.
III) tratándose el costo del arriendo del Teatro de un precio, conforme el Art. 275.4 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay, corresponde acceder a lo solicitado.
ATENTO: a sus facultades legales.
la Secretaria Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Accédase a lo solicitado por el Sr. Jorge López, para el día 9 de agosto de 2026.
2°.- Exonérase el precio del arriendo por el uso de la sala del Teatro Lavalleja para la obra a desarrollarse el día 9 de agosto de 2026.
3° .- Pase a la Dirección General de Hacienda, Dirección General de Cultura, Reguladora de Trámites y Espectáculos Públicos a sus efectos.
4º .- Cumplido archívese.
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General
