Resolución N° 3.266/026 .
Minas, 5 de Agosto de 2026.
VISTO: la comunicación del Proyecto de Cantera establecimiento "El Principio", de 9 de mayo de 2022.
RESULTANDO: I) que el presente proyecto refiere a la apertura de una cantera para la extracción de balastro y tosca para mejorar y mantener la caminería interna de los establecimientos forestales de la empresa Fideicomiso Financiero Forestal Bosques del Uruguay 3 y que su fiduciaria es la empresa EF Asset Management Administradora de Fondos de Inversión S.A
II) que el emprendimiento se implementará en los padrones rurales N° 16065 y 16066, de la 6ta. Sección judicial y catastral del departamento de Lavalleja
CONSIDERANDO: I) que el proyecto deberá promover la protección y sustentabilidad Ambiental del Territorio a través de la preservación de los valores ambientales, el uso responsable de los recursos naturales y la gestión integral del riesgo (Art. 9 Directriz Nº 4 Protección Ambiental, Decreto 3571/2019), considerando puntos fundamentales: el manejo integrado de las cuencas hidrográficas, la protección de zonas con alto valor paisajístico, religioso, arqueológico y cultural; el manejo de residuos sólidos y la gestión de aguas residuales
II) el informe N° 879/026, de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General Jurídico Notarial, no existiendo impedimentos técnicos ni objeciones, coincidiendo con el informe N° 441/022, de 27 de mayo de 2022, de la Dirección General de Ordenamiento Urbano y Territorial - Departamento de Arquitectura, se puede autorizar el proyecto conforme el Art. 60 de Decreto Departamental N° 3571, de 3 de setiembre de 2019.
ATENTO: a las potestades de la Ley N.º 18.308 de fecha 18 de junio de 2008 y Decreto Departamental N.º 3571/2019, de 3 de setiembre de 2019.
El Intendente Departamental de Lavalleja
RESUELVE:
1°.- Autorícese el Proyecto de Cantera establecimiento "El Principio", en los padrones rurales N° 16065 y 16066, de la 6ta. Sección judicial y catastral del departamento de Lavalleja, conforme el Art. 60 de Decreto Departamental N° 3571, de 3 de setiembre de 2019.
2°.- Notifíquese al gestionante.
3°.- Pase a conocimiento de la Dirección General de Ordenamiento Urbano y Territorial – Departamento de Arquitectura.
4°.- Cumplido, archívese.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General
