Resolución N° 3.276/025 .

Colaboración con Federación Ciclista de Lavalleja.

Minas, 4 de setiembre de 2025 

VISTO: el Oficio N° 217/025, del Área de Deporte, de 3 de setiembre de 2025, por el cual se eleva la nota del Sr. Franco Sebastián Gómez Goñi, en calidad de Presidente de la Federación Ciclista de Lavalleja. 

RESULTANDO: que se necesita colaboración para competir en todas las categorías en el marco de la 52° Semana de Lavalleja, para el día 15 de octubre, a la hora 19.00 

CONSIDERANDO: que conforme a los Artículos 274 y 275 de la Constitución de la República Oriental de Uruguay y el Artículo 35 de la Ley N° 9515 corresponde al Intendente Departamental las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Departamental. 

ATENTO: a sus facultades legales. 

El Intendente Departamental de Lavalleja, 

                                                                      RESUELVE: 

1°.- Previa intervención de la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, colabórese con la suma de $ 70.000 ( pesos uruguayos setenta mil) con la Federación Ciclista de Lavalleja. 

2°.- Pase a la Dirección General de Hacienda - Sección Contaduría - para que liquide el importe de referencia a nombre del Sr. Franco Sebastián Gómez Goñi, depositando dicha suma en la caja de ahorros del BROU, cuenta N° xxxxxx.

3°.- Colabórese con 7 trofeos, préstamos de 2 baños químicos, y el préstamo del podio. 

4°.- Pase a Dirección General de Hacienda - Sección Adquisiciones -, Dirección General de Servicios Técnicos y Área de Turismo para su implementación. 

5°.- Notifíquese al gestionante que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el artículo 132 del TOCAF ( presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días contados a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación), bajo apercibimiento de que no podrá recibir nuevos fondos públicos de esta Comuna de conformidad con el artículo 416 de la Ley 17930 de 17 de diciembre de 2005. 

6°.- Tome nota y radíquese en Auditoría Permanente. 

7°.- Cumplido, archívese.

 

Dr. Daniel Ximénez

Intendente

Dra. Arianna Bentos

Secretaria General