Resolución N° 3.329/025 .

Colaboración con el piloto Sr. Martín Villete Melgar.

Minas, 8 de setiembre de 2025

VISTO: la solicitud presentada por el Sr. Martín Villete Melgar. Minas, 8 de setiembre de 2025. 

RESULTANDO: que solicita colaboración económica para poder participar en el campeonato de Rally Uruguayo en la categoría RC 4 N/L, a realizarse en la localidad de Treinta y Tres. 

CONSIDERANDO I): conforme el Art. 274 de la Constitución de la República Oriental de Uruguay que dispone que al Intendente Departamental le corresponden las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Departamental, por lo que se entiende pertinente acceder a lo solicitado. 

II) que el Club Uruguayo de Rally (CUR) preparó el calendario 2025 de competencias que darán forma al Campeonato Nacional de Rally, con fechas entre marzo y noviembre quedando en el mes de octubre la carrera en nuestro Departamento, concretamente en la localidad de Mariscala, siendo voluntad de esta Administración colaborar con dicha participación. 

ATENTO: a sus facultades legales. 

El Intendente Departamental de Lavalleja, 

                                                                      RESUELVE: 

1°.- No ha lugar a la colaboración solicitada.

2°.- Previa intervención de la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, colabórase con la suma de $ 23.000 (pesos uruguayos veintitrés mil) con el piloto Martín Villete Melgar, para la fecha de Mariscala. 

3°.- Pase a la Dirección General de Hacienda – Sección Contaduría – para que liquide el importe de referencia a nombre del Sr. Martín Villete Melgar, cédula de identidad N° xxxxxxxx, en la cuenta BROU, caja de ahorros pesos N° xxxxxxx. 

4°.- Notifíquese al gestionante de lo dispuesto en la presente resolución, y que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el artículo 132 del TOCAF ( presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días contados a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación), bajo apercibimiento de que no podrá recibir nuevos fondos públicos de esta Comuna de conformidad con el artículo 416 de la Ley 17930 de 17 de diciembre de 2005. 

5°.- Tome nota y radíquese en Auditoría Permanente. 

6°.- Cumplido, archívese.

 

Dr. Daniel Ximénez

Intendente

Dra. Arianna Bentos

Secretaria General