Resolución N° 3.433/023 .

Observar el Decreto N° 3831 en los términos del Artículo 281 de la Constitución de la República. Objetar la entrada en vigencia del Decreto N° 3831, del 16 de agosto de 2023.

RESOLUCION Nº3.433/023

                                                                                                 Minas, 1 de Septiembre de 2023.

VISTO: el Decreto N° 3831, del 16 de agosto de 2023 sancionado por la Junta Departamental de Lavalleja
RESULTANDO: I) El Congreso de Intendentes remite por comunicación de la Secretaría Ejecutiva con fecha 28 de junio de 2023,  texto conteniendo disposiciones unificadas para la Normativa Nacional de Edificación – Higiene de la Vivienda.

II) El texto da cuenta de modificaciones de los Artículos 32 y 54, así como el agregado de dos nuevos artículos sin numerar, solicitando a las Intendencias Departamentales se sirvan incorporarlas a la normativa departamental.

III) Motivado en el Oficio N° 217/2023, de 25 de julio de 2023 elevado por la Dirección General de Ordenamiento Urbano y Territorial; el Ejecutivo por Resolución N° 2.951/023 de fecha 26 de Julio de 2023 remitió a la Junta Departamental, iniciativa legislativa adjuntando la documentación comunicada por la Secretaría del Congreso de Intendentes y solicitando expresamente la derogación del Decreto N° 3496 del 19 de Julio del 2018.

IV) El 16 de agosto de 2023 la Junta Departamental sanciona el Decreto N° 3831 modificando el Decreto Departamental N° 3496 del 19  de Julio del 2018 dando nueva redacción a los Artículos 32 y 54; asimismo, según sus artículos 3 y 4 se agregan al referido compendio normativo, dos nuevos artículos sin numerar.
CONSIDERANDO: I) El Informe  N° 961/2023, de 31 de agosto de 2023, de la Dirección General de Ordenamiento Urbano y Territorial da cuenta de lo siguiente: a) no se aprobó todo el texto articulado remitido, sino que se aprobaron modificaciones a la normativa vigente; b) no se derogó el Decreto Departamental N° 3496 del 19 de Julio del 2018 tal cómo fue solicitado por el Ejecutivo en la Resolución N° 2.951/023 de fecha 26 de Julio de 2023; c) se advierten inconvenientes de técnica legislativa en perjuicio de los sujetos alcanzados por la normativa, no siendo práctico tener dos cuerpos normativos vigentes sobre la misma materia, que sin perjuicio de los compendios que la Intendencia pudiera realizar, no resulta adecuado mantener artículos sin números.

II)  considerando que las objeciones refieren a procurar una mejor técnica legislativa que otorgue una mayor comprensión de los Decretos Departamentales con fuerza de Ley en el Departamento, es pertinente determinar compendios normativos que sigan reglas de integridad, irreductibilidad, coherencia, correspondencia y realismo. III) Siendo la actividad legislativa en la materia de edificación, un cometido común del Ejecutivo y Legislativo departamental (Arts. 19 núm. 35 y 35 núm. 26 Ley N° 9.515); es oportuno ejercer la potestad de observar y objetar el Decreto N° 3831 sancionado por la Junta Departamental, advirtiendo los inconvenientes que se generarían con su entrada en vigencia.

IV) Asimismo, asumiendo la corresponsabilidad de la actividad legislativa, teniendo presente que la anterior iniciativa remitida por el Ejecutivo pudo no resultar clara a los fines antes mencionado; es conveniente remitir nueva iniciativa para consideración y aprobación de la Junta Departamental.
ATENTO a las potestades del Artículo 281 de la Constitución de la República, Artículo 35 numeral
26) de la Ley 9.515 del 28 de Octubre de 1935,    El Intendente Departamental de Lavalleja
                                                                    RESUELVE
1°.- Observar el Decreto N° 3831, del 16 de agosto de 2023 en los términos del Artículo 281 de la Constitución de la República.
2°.- Objetar la entrada en vigencia del Decreto N° 3831, del 16 de agosto de 2023 por considerarlo inconveniente.
3°.- Remitir a la Junta Departamental de Lavalleja, iniciativa favorable para la consideración y aprobación del proyecto de Decreto que se adjunta a la presente resolución y forma parte de la misma, a efectos de unificar en un mismo texto legislativo la Normativa Nacional de Edificación - Higiene de la Vivienda acordada por el Plenario del Congreso de Intendentes en la Sesión Plenaria N° 24 del 20 de Octubre de 2022.

Mario García

Intendente

Lidia Araújo

Secretario General