Resolución N° 3.454/025 .
Minas, 16 de Septiembre de 2025.
VISTO: la nota de los Sres. José Camejo y Jorge Canabe, en representación del Club Social y Deportivo Granjeros.
RESULTANDO: que solicita colaboración para contratar un artista, baños químicos y servicio de barométrica, para un beneficio a realizarse el 4 de octubre en las instalaciones del Club, en Villa del Rosario.
CONSIDERANDO: que conforme a los artículos 274 y 275 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay y el artículo 35 de la Ley 9515 corresponde al Intendente Departamental las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Departamental.
ATENTO: a sus facultades legales
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Previa intervención de la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, colabórese con la suma de $ 10.000 (pesos uruguayos diez mil) con el Club Social y Deportivo Granjeros.
2°.- Pase a la Dirección General de Hacienda - Sección Contaduría - para que liquide el importe de referencia a nombre del Sr. José Camejo, cédula de identidad N° xxxxxxxx.
3°.- Notifíquese al gestionante que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el artículo 132 del TOCAF (presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días contados a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación), bajo apercibimiento de que no podrá recibir nuevos fondos públicos de esta Comuna de conformidad con el artículo 416 de la Ley 17930 de 17 de diciembre de 2005.
4°.- Pase a Dirección General de Servicios Técnicos para su trámite.
5°.- Tome nota y radíquese en Auditoría Permanente.
6°.- Cumplido, archívese.
Dra. Arianna Bentos
Psic. Yliana Zeballos
