Resolución N° 3.530/025 .

Colaboración con Club de niños "Reyes Terra".

Minas, 18 de Septiembre de 2025. 

VISTO: la nota presentada por la Sra. Andrea Corbo, en calidad de coordinadora Centro de Barrio N° 1, el 29 de agosto de 2025. 

RESULTANDO: que el día 15 de noviembre de 2025 se llevará acabo el tercer evento deportivo cultural a beneficio de Club de niños "Reyes Terra", por lo cual solicitan colaboración para el desarrollo de la actividad. 

CONSIDERANDO: que conforme a los artículos 274 y 275 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay y el artículo 35 de la Ley 9515 corresponde al Intendente Departamental las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Departamental. 

ATENTO: a sus facultades legales 

El Intendente Departamental de Lavalleja, 

                                                                      RESUELVE: 

1°.- Previa intervención de la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, colabórese con la suma de $ 30.000 (pesos uruguayos treinta mil) con el Club de niños "Reyes Terra" 

2°.- Pase a la Dirección General de Hacienda - Sección Contaduría - para que liquide el importe de referencia en cuenta BROU CA xxxxxx, a nombre de Sergio Castellanos. 

3°.- Colabórese con los siguientes aportes: 

- 4 tarimas, Castillo inflables, participación solista (en caso de contar con disponibilidad), Arco inflable, 2 baños químicos, inspectores de tránsito, 16 trofeos, 150 medallas. 

4°.- Siga a Dirección General de Hacienda - Sección Adquisiciones, Área de Deporte, Dirección General de Cultura, Dirección General de Servicios Técnicos para su implementación. 

5°.- Notifíquese al gestionante que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el artículo 132 del TOCAF (presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días contados a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación), bajo apercibimiento de que no podrá recibir nuevos fondos públicos de esta Comuna de conformidad con el artículo 416 de la Ley 17930 de 17 de diciembre de 2005. 

6°.- Tome nota y radíquese en Auditoría Permanente. 

7°.- Cumplido, archívese.

 

Dr. Daniel Ximénez

Intendente

Dra. Arianna Bentos

Secretaria General