Resolución N° 3.633/025 .
Minas, 23 de Septiembre de 2025.
VISTO: la nota presentada por la Sra. Julia Iribarne en representación de grupo de danza folclórica "Sin Caminos", de 16 de setiembre de 2025.
RESULTANDO: que solicita colaboración con el grupo de danza " Sin Caminos" dónde participan en diferentes encuentros, festividades y actividades culturales, la cual es integrada por niños, jóvenes y adultos que encuentran en la danza un crecimiento y desarrollo en nuestro departamento.
CONSIDERANDO: que conforme a los artículos 274 y 275 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay y el artículo 35 de la Ley 9515 corresponde al Intendente Departamental las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Departamental.
ATENTO: a sus facultades legales
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Previa intervención de la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, colabórese con la suma de $ 10.000 (pesos uruguayos diez mil) con el Grupo de danza folclórica "Sin Caminos".
2°.- Pase a la Dirección General de Hacienda - Sección Contaduría - para que liquide el importe de referencia a nombre de la Sra. Julia Estela Iribarne Borges, cédula de identidad N° xxxxxxxx.
3°.- Notifíquese al gestionante que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el artículo 132 del TOCAF (presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días contados a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación), bajo apercibimiento de que no podrá recibir nuevos fondos públicos de esta Comuna de conformidad con el artículo 416 de la Ley 17930 de 17 de diciembre de 2005.
4°.- Tome nota y radíquese en Auditoría Permanente.
5°.- Cumplido, archívese.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General
