Resolución N° 3.770/025 .
Minas, 29 de setiembre de 2025
VISTO: la nota elevada por la Sra. Celia Arellano, en representación de la Asociación Civil Vida Plena, del mes de setiembre de 2025.
RESULTANDO: que solicita colaboración para brindar a sus usuarios mejorando la higiene y la seguridad en el entorno de la Institución.
CONSIDERANDO: que conforme a los Artículos 274 y 275 de la Constitución de la República Oriental de Uruguay y el Artículo 35 de la Ley N° 9515 corresponde al Intendente Departamental las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Departamental.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Accédase a la colocación de malla, para cercar el frente y un lateral del terreno de Vida Plena, como se solicita en nota de fs.1 .
2°.- Pase a la Dirección General de Ordenamiento Urbano y Territorial - Departamento Arquitectura - para su trámite.
3°.- Notifíquese.
4°.- Cumplido, archívese.
Dra. Arianna Bentos
Intendenta Departamental Interina
