Resolución N° 3.862/022 .
Minas, 20 de octubre de 2022
VISTO: la nota presentada por el adjudicatario empresa MANFELY SA..
RESULTANDO: se realizaron informes por Dirección General de Tránsito, Dirección General de Hacienda y Dirección General Jurídico Notarial.
CONSIDERANDO: I) se ha sugerido la adecuación normativa respecto al tributo tasa departamental de embarque y de control de ómnibus, regulados por los artículos 5 y 6, Decreto Departamental N° 2243/002, de 11 de setiembre del 2002, y artículo 48 del Decreto Departamental N° 761/990, de 26 de julio de 1990, para la terminal de ómnibus de la Terminal de Minas.
II) que es intención del ejecutivo departamental dar cumplimiento a las obligaciones contractuales asumidas oportunamente por la Intendencia Departamental de Lavalleja con el adjudicatario.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja
RESUELVE:
1°.- Con iniciativa favorable, pase a la Junta Departamental de Lavalleja el adjunto proyecto de Decreto, a efectos de su estudio y en caso de conformidad, aprobación.
PROYECTO DECRETO
Artículo 1 (Tasa Toque Anden).- Por los servicios obligatorios de registro y control en Terminal de Ómnibus de la ciudad de Minas, las empresas de transporte colectivo de pasajeros deberán abonar la tasa por cada toque de anden, según se determina:
a) Las Empresas de transporte público de pasajeros con servicios interdepartamentales, nacionales e internacionales por líneas regulares, y los servicios de transporte colectivo, no regulares, de excursiones, turismo, viajes chárter o similares, que deban o requieran utilizar las instalaciones de la Terminal de Ómnibus de la Ciudad de Minas, deberán abonar derecho de toque de andén por cada coche que ingrese, haga escala o egrese de Terminal. Fíjese en la suma de $ 129,46 (pesos uruguayos ciento veintinueve con cuarenta y seis centésimos), por cada toque de andén.
b) Las Empresas de transporte público de pasajeros con servicios departamentales por líneas regulares, deberán abonar derecho de toque de andén por cada coche que ingrese, haga escala o egrese de la Terminal de la Ciudad de Minas. Fíjese en la suma de $ 90,74 (pesos uruguayos noventa con setenta y cuatro centésimos), por cada toque de andén.
c) Las Empresas de transporte público de pasajeros con servicios urbanos y suburbanos por líneas regulares, deberán abonar derecho de toque de andén por cada coche que ingrese o egrese de la Terminal de la Ciudad de Minas. Fíjese en la suma de $ 60,50 (pesos uruguayos sesenta con cincuenta centésimos), por cada toque de andén.
Los importes anteriormente referidos, se actualizará en igual oportunidad y porcentaje que la variación del Precio Pasajero/Kilómetro dispuesta por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Cuando el servicio público de Terminal de Ómnibus sea prestado en régimen de concesión, el concesionario tendrá derecho a percibir los referidos importes directamente de los usuarios y; los usuarios tendrán la obligación de abonar los importes al concesionario cuando se hayan prestado efectivamente los servicios y sus tarifas y/o ajustes correspondientes, hubieren sido homologados por la Intendencia Departamental conforme a los Artículos 51 y 275 núm. 4° de la Constitución de la República.
Artículo 2 (Derogaciónes).- Deróguese el Decreto Departamental N° 2243, del 11 setiembre de 2002 (Tasa Departamental de Embarque) y toda normativa que colida con las disposiciones contenidas en el presente decreto a partir de su vigencia.
Artículo 3 (Disposición Transitoria).- El presente decreto entrará en vigencia a partir de la resolución del Intendente Departamental que otorgue la concesión para la prestación de servicio público de Terminal de Ómnibus en la ciudad de Minas, cuya anuencia refiere el Decreto N° 3554 de la Junta Departamental aprobado en sesión ordinaria de fecha 10 de Julio de 2019 de acuerdo al Art. 273 numeral 8° de la Constitución de la República, y el Art. 35 numeral 10 de la Ley 9.515 en su redacción dada por el Art. 776 de la Ley 18.719.
Herman Vergara
Intendente Interino
Lidia Araújo
Secretaria General