Resolución N° 3.868/025 .

Colaboración con Comisión de "52a. Semana de Lavalleja".

Minas, 3 de Octubre de 2025. 

VISTO: la solicitud del Municipio de Pirarajá, de 3 de octubre de 2025. 

RESULTANDO: que en ocasión de la organización de la 52a Semana de Lavalleja, solicita contribución económica para la organización del evento que se realizará en el referido Municipio. 

CONSIDERANDO: que este ejecutivo departamental pretende descentralizar la principal fiesta popular del departamento, fomentando la participación de los Municipios en su organización, en conjunto con la Comisión de la 52a Semana de Lavalleja que se conformó a tales efectos. 

ATENTO: a sus facultades legales 

El Intendente Departamental de Lavalleja, 

                                                                     RESUELVE: 

1°.- Previa intervención del Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República, colabórase con la Comisión de "52ª Semana de Lavalleja", con la suma de $ 90.000 (pesos uruguayos noventa mil) a efectos de realizar señas solicitadas para la organización del evento, según detalle 

Artista                                                                       importe $ 

MARIA PIRIZ (YACARE INFLABLES)                             30.000 

WASHINGTON MATEU                                               45.000 

CARLOS CHAPARRO - AMPLIFICACION                     15.000 

2°.- Pase a Dirección General de Hacienda para que proceda a disponer la liquidación, depositándose dicha suma en la cuenta del Municipio de Pirarajá . 

3°.- Notifíquese a dicho municipio, por medio de la Comisión Organizadora que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el artículo 132 del TOCAF (presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días contados a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación), bajo apercibimiento de que no podrá recibir nuevos fondos públicos de esta Comuna de conformidad con el artículo 416 de la Ley 17930 de 17 de diciembre de 2005. 

4°.- Tome nota y radíquese en Auditoría Permanente. 

5°.- Cumplido, archívese.

 

Dr. Daniel Ximénez

Intendente

Dra. Arianna Bentos

Secretaria General